ESQUEMA DE LA BASE LIQUIDABLE GENERAL Y DEL AHORRO
La Base Liquidable del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, artículo 50 de la Ley 35/2006, de IRPF, la obtendremos a partir de minorar la Base Imponible única y exclusivamente por: Situaciones de dependencia y de envejecimiento, pensiones compensatorias y la reducción por tributación conjunta. El esquema a seguir será el siguiente:| BASE IMPONIBLE GENERAL | BASE IMPONIBLE DEL AHORRO | |
| Reducciones aplicables | Reducciones aplicables | |
| (-) Por tributación conjunta. | Remanente no aplicado | |
| Por situaciones de dependencia y envejecimiento | ||
| (-) Aportaciones a sistemas de previsión social. | ||
| (-) Aport. a sistemas de previsión social a favor de discapacitados. | --- | |
| (-) Aport. a patrimonios protegidos de personas con discapacidad. | ||
| Por aplicaciones de renta | ||
| (-) Por pensiones compensatorias. | Remanente no aplicado | |
| (-) Aportaciones a mutualidades de previsión social de deportistas profesionales. | --- | |
| BASE LIQUIDABLE GENERAL | BASE LIQUIDABLE DEL AHORRO |
Importante conocer:
Legislación
- Art. 50 Ley 35/2006 LIRPF. Base liquidable general y del ahorro.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.


