Disposición Transitoria 36ª. Ley 35/2006 IRPF. Régimen diferimiento acciones en instituciones de inversión colectiva adquiridas antes 1 Enero 2022.

Normativa
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas

Disposición transitoria trigésima sexta. Aplicación del régimen de diferimiento a determinadas participaciones o acciones en instituciones de inversión colectiva adquiridas con anterioridad a 1 de enero de 2022.



    El requisito establecido en el número 3.º de la letra a) del apartado 2 del artículo 94 de esta Ley no será de aplicación a las participaciones o acciones en instituciones de inversión colectiva a que se refiere dicho número 3.º adquiridas por el contribuyente con anterioridad a 1 de enero de 2022 y no cotizadas en bolsa de valores española, siempre que el importe del reembolso o transmisión no se destine
a la adquisición de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva previstas en el citado número 3.º

NOTA: Redacción dada por Ley 11/2021 de 9 de Julio, con entrada en vigor el día siguiente de su publicación.


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