MODELO 100. RENDIMIENTOS DEL CAPITAL INMOBILIARIO. REDUCCIÓN POR RENDIMIENTOS IRREGULARES
Despues de aplicar, si procede, la reducción de entre el 50% y el 90% según corresponda de acuerdo a las reducciones de los rendimientos del capital inmobiliario establecidas en el artículo 23.2 LIRPF

- Rendimientos con un plazo de generación de más de dos años: Entendemos por plazo de generación el tiempo transcurrido desde que se adquiere el derecho a percibir el rendimiento hasta que finalmente se recibe.NOTA: Si los rendimientos se perciben de forma fraccionada, sólo será aplicable la reducción del 30 por 100 en caso de que el cociente resultante de dividir el número de años correspondiente al período de generación, computados de fecha a fecha, entre el número de períodos impositivos de fraccionamiento, sea superior a dos.
- Rendimientos obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo: tienen esta consideración exclusivamente los siguientes, cuando se imputen en un único período impositivo:
- Importes obtenidos por el traspaso o la cesión del contrato de arrendamiento de locales de negocio: la cantidad que reciba el titular del inmueble por el traspaso o cesión del contrato de arrendamiento tiene la consideración de rendimiento del capital inmobiliario.
- Indemnizaciones percibidas del arrendatario, subarrendatario o cesionario por daños o desperfectos en el inmueble.
- Importes obtenidos por la constitución o cesión de derechos de uso o disfrute de carácter vitalicio.
Importe máximo del rendimiento al que se aplica la reducción
El rendimiento neto sobre la que se aplicará la reducción del 30% no podrá superar el importe de 300.000 euros anuales una vez aplicada la reducción del 60%
Comentarios
Esquema para el cálculo del rendimiento de capital inmobiliarioReducciones del rendimiento neto del capital inmobiliarioJurisprudencia y Doctrina
Consulta Vinculante V1557-18. Reducción por rendimiento con plazo de generación superior a dos años.Legislación
Art. 23 Ley 35/2006 LIRPF. Gastos deducibles y reducciones.Disposición Transitoria 25ª Ley 35/2006 LIRPF. Reducciones aplicables a determinados rendimientos.Art. 15 RD 439/2007 RIRPF. Rendimientos del capital inmobiliario obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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