Artículo 6 Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto de la renta de las personas físicas

Normativa
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas

Artículo 6. Hecho imponible.



    1.- Constituye el hecho imponible la obtención de renta por el contribuyente.

    2.- Componen la renta del contribuyente:

     a) Los rendimientos del trabajo.

     b) Los rendimientos del capital.

     c) Los rendimientos de las actividades económicas.

     d) Las ganancias y pérdidas patrimoniales.

     e) Las imputaciones de renta que se establezcan por ley.

    3.- A efectos de la determinación de la base imponible y del cálculo del impuesto, la renta se clasificará en general y del ahorro.

    4.- No estará sujeta a este impuesto la renta que se encuentre sujeta al impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

    5.- Se presumirán retribuidas, salvo prueba en contrario, las prestaciones de bienes, derechos o servicios susceptibles de generar rendimientos del trabajo o del capital.

Comentarios



- Rentas no sujetas al IRPF.
- Exención del vehículo entregado como retribución en especie a trabajadores desplazados al extranjero.

Jurisprudencia



Consulta vinculante V2094-23. Tributación en IRPF de cesión gratuita de local para desarrollar una actividad.
Consulta vinculante V0069-23. No sujeción a IRPF transmisiones sujetas a Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Consulta Vinculante V1960-21. Tributación transferencia cuenta bancaria México a cuenta en España.
Consulta Vinculante V3132-20. Consideración exención de cuotas RETA como renta y gastos deducibles.
Consulta Vinculante V3130-20. Consideración de renta o gasto deducible para exención cuotas del RETA.
Consulta vinculante V0415-19. Arrendamiento local con periodo de carencia como compensación por obras realizadas.
Consulta Vinculante V0783-10. Tratamiento fiscal de retirada de fondos y posterior reintegro.
Consulta vinculante V0825-10. Tratamiento en la prestación de aval para préstamo.
Consulta vinculante V1166-10. Cesión de uso de plazas de garaje a copropietarios.

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