Infracción tributaria: Solicitar indebidamente devoluciones.
Infracción recogida en el artículo 194.1 de la Ley General Tributaria (LGT), por el hecho de solicitar indebidamente devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo mediante la omisión de datos relevantes o la inclusión de datos falsos en autoliquidaciones, comunicaciones de datos o solicitudes, sin que las devoluciones se hayan obtenido. Si las devoluciones ya hubiesen sido obtenidas por el contribuyente, la tipificación de la sanción vendría reglada por el artículo 193 de la LGT y no por lo expresado en este apartado. En este caso tendríamos:INFRACCIÓN TRIBUTARIA POR SOLICITUD INDEBIDA DE DEVOLUCIONES | |
Tipo de infracción | Grave |
Base de la Sanción | Cantidad indebidamente solicitada |
Sanción | Multa pecuniaria proporcional del 15 por ciento |

Calificación de la Sanción | Graduación de la Sanción | Reducción de la Sanción |
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Ejemplo
Solución
Los pasos marcados para la determinación del importe de la sanción vendrían dados por:Infracción | Solicitud indebida de devolución (Art. 194 LGT) |
Calificación de la infracción | Grave |
SANCIÓN (15% s/ 26.000) | 3.900 Eur. |
Firma en conformidad (Art. 188.1) (30% s/ 3.900) | - 1.170 Eur. |
SANCIÓN REDUCIDA POR CONFORMIDAD | 2.730 Eur. |
Reducción por pago (Art. 188.3) (40% s/ 2.730) | - 1.092,00 Eur. |
TOTAL SANCIÓN | 1.638,00 Eur. |
- A las sanciones acordadas con anterioridad a 11 de julio de 2021, siempre que no hayan sido recurridas y no hayan adquirido firmeza. En estas situaciones la Administración Tributaria competente rectificará dichas sanciones.
- Si concurren las siguientes circunstancias:
- Que, desde 11 de julio de 2021 y antes del 1 de enero de 2022, el interesado acredite ante la Administración Tributaria competente el desistimiento del recurso o reclamación interpuesto contra la sanción y, en su caso, del recurso o reclamación interpuesto contra la liquidación de la que derive la sanción. Dicha acreditación se efectuará con el documento de desistimiento que se hubiera presentado ante el órgano competente para conocer del recurso o reclamación.
- Que se efectúe el ingreso del importe restante de la sanción en el plazo voluntario (artículo 62.2 LGT) abierto con la notificación que a tal efecto realice la Administración Tributaria tras la acreditación de dicho desistimiento.
Legislación
Art. 193 Ley 58/2003 LGT. Infracción tributaria por obtener indebidamente devoluciones.Art. 194 Ley 58/2003 LGT. Infracción tributaria por solicitar indebidamente devoluciones.¿Tienes una duda? SuperContable te sacará de este apuro.
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