Asientos de cooperativas. Cuenta 5213. Acreedores por Fondo de Reserva Voluntario c/p.


DebeHaber
XXXResultado del ejercicio (129)
XXXIntereses y retorno obligatorio de las aportaciones al capital cooperativo y de otros fondos calificados con características de deuda (6647)
Acreedores por Fondo de Reserva Voluntario a c/p (5213)XXX


Nota sobre la cuenta 5213. Acreedores por Fondo de Reserva Voluntario a corto plazo


    Utilizaremos la cuenta 129. Resultado del ejercicio si la dotación es voluntaria, de tratarse de una dotación obligatoria utilizaremos la cuenta 6647. Intereses y retorno obligatorio de las aportaciones al capital cooperativo y de otros fondos calificados con características de deuda.

    Según la Norma Cuarta de la Orden EHA/3360/2010, el Fondo de Reserva Voluntario constituye un fondo que se destina a la consolidación, desarrollo y garantía de la sociedad cooperativa, por lo que se identifica con una partida de los fondos propios, calificándose como una reserva voluntaria.

    La Ley de Cooperativas 27/1999, en el artículo 58, ofrece la posibilidad de destinar los excedentes y beneficios extracooperativos y extraordinarios, una vez satisfechos los impuestos exigibles, a fondos de reservas voluntarios con carácter irrepartible o repartible, siempre que así lo establezcan los Estatutos o lo acuerde la Asamblea General.

    Si este Fondo es parcialmente repartible y reúne la definición de pasivo financiero, tendrá tal calificación en la parte que corresponda.

    Este Fondo se cargará por la disposición que se haga de él, según los términos previstos en la Ley.

Legislación



- Art. 58 Ley 27/1999 Aplicación de excedentes.
- Norma 4ª Orden EHA/3360/2010 Fondos de reserva específicos de las sociedades cooperativas.


¿Tienes una duda? SuperContable te sacará de este apuro.

Accede al resto del contenido aquí

Siguiente: Asientos de cooperativas. Cuenta 5214. Acreedores por fondos capitalizados c/p.

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos