Asiento de deterioro o correción valorativa por deterioro de valores negociables

Asiento de deterioro o correción valorativa por deterioro de valores negociables

DebeHaber
XXXPérdidas por deterioro Participaciones y Valores Deuda L/P (696)
Deterioro Valor Participaciones en el Patrimonio Neto L/P (296)XXX
Deterioro de Valor de Valores Representativos de Deuda a L/P (297)XXX

Notas sobre los Deterioros de Valor de Valores Negociables.


    Este deterioro se realizará cuando se produzcan pérdidas REVERSIBLES en la cartera de valores. Depediendo de que los valores disponibles sean representativos del capital de sociedades o de valores de renta fija, utilizaremos para recoger el deterioro la cuenta (296) Deterioro de valor de participaciones en patrimonio neto a largo plazo o (297) Deterioro de valor de valores representativos de deuda a largo plazo, respectivamente.

    Si son pérdidas irreversibles se llevarán directamente a pérdidas.
  • Cuando desaparezcan las causas que determinaron la contabilización del deterioro registraremos:
XXXDeterioro valor de participaciones en patrimonio L/P (296)
o
XXXDeterioro valor de valores representativos deuda L/P (297)
Reversión deterioro participaciones y valores de deuda L/P (796) XXX


    En el supuesto de que se vendiesen estos valores, si se tiene dotado este deterioro, la cuenta (296) ó (297) se llevará al DEBE del asiento de venta.
Un asiento tipo de venta sería:

XXX Tesorería (57-)
XXXDeterioro valor de participaciones en patrimonio L/P (296)
Inversiones financieras L/P instrumentos de patrimonio (250) XXX
.


    En el Balance de Situación de la empresa el deterioro minorará el valor de los títulos valores adquiridos (apareciendo éstos por un menor importe), no ocurre como anteriormente que se incluían en el ACTIVO restando valor a los valores negociables de que se tratase.

    Según la Norma de Valoración 8ª del Plan General Contable para las Pymes establece que la pérdida por deterioro del valor de los valores representativos de deudas (valorados a coste amortizado) será la diferencia entre su valor en libros y el valor actual de los flujos de efectivo futuros que se estima van a generar, descontados al tipo de interés efectivo calculado en el momento de su reconocimiento inicial. Para los activos financieros a tipo de interés variable, se empleará el tipo de interés efectivo que corresponda a la fecha de cierre de las cuentas anuales de acuerdo con las  condiciones contractuales. En el cálculo de las pérdidas por deterioro de un grupo de activos financieros se podrán utilizar modelos basados en fórmulas o métodos estadísticos.


Las correcciones valorativas por deterioro, así como su reversión cuando el importe de dicha pérdida disminuyese por causas relacionadas con un evento posterior, se reconocerán como un gasto o un ingreso, respectivamente, en la cuenta de pérdidas y ganancias. La reversión del deterioro tendrá como límite el valor en libros del crédito que estaría reconocido en la fecha de reversión si no se hubiese registrado el deterioro del valor".



    En el caso de instrumentos de patrimonio, éstos se valorarán "a coste" salvo que estén mantenidos para negociar (corto plazo), el importe de la corrección valorativa será la diferencia entre su valor en libros y el importe recuperable, entendido éste como el mayor importe entre su valor razonable menos los costes de venta y el valor actual de los flujos de efectivo futuros derivados de la inversión, calculados, bien mediante la estimación de los que se espera recibir como consecuencia del reparto de dividendos realizado por la empresa participada y de la enajenación o baja en cuentas de la inversión en la misma, bien mediante la estimación de su participación en los flujos de efectivo que se espera sean generados por la empresa participada, procedentes tanto de sus actividades ordinarias como de su enajenación o baja en cuentas.

    En las inversiones en el patrimonio de empresas que no sean del grupo, multigrupo o asociadas admitidas a cotización, como sustituto del valor actual de los flujos de efectivo futuros se utilizará el valor de cotización del activo, siempre que éste sea lo suficientemente fiable como para considerarlo representativo del valor que pudiera recuperar la empresa. Tratándose de inversiones no admitidas a cotización, se tomará en consideración el patrimonio neto de la entidad participada corregido por las plusvalías tácitas existentes en la fecha de la valoración, que correspondan a elementos  identificables en el balance de la participada.

Las correcciones valorativas por deterioro y, en su caso, su reversión, se registrarán como un gasto o un ingreso, respectivamente, en la cuenta de pérdidas y ganancias. La reversión del deterioro tendrá como límite el valor en libros de la inversión que estaría reconocida en la fecha de reversión si no se hubiese registrado el deterioro del valor.

Tratamiento Fiscal.


Obligación de Declarar

El aumento del resultado contable habrá de reflejarse en la casilla 0325 (participaciones en el capital) o casilla 327 (valores de deuda) del Modelo 200.
    De acuerdo con el artículo 13.2.b) de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, no serán deducibles las pérdidas por deterioro de los valores representativos de la participación en el capital o en los fondos propios (recogidos en el apartado 2.b) ni las pérdidas por deterioro de los valores representativos de deuda; salvo en las condiciones regladas a tal fin. De este modo se generarán diferencias temporarias (diferente valoración contable y fiscal, atribuida al activo objeto de deterioro) entre el resultado contable y la base imponible del impuesto de sociedades, ajuste que encontraremos en el apartado "Detalle de las correcciones al resultado de la cuenta de Pérdidas y Ganancias" de la página 12 del modelo 200 de declaración.

Comentarios



Pérdidas por deterioro de valor de participaciones en el capital de entidades en el impuesto de sociedades
Pérdidas por deterior de valor de valores representativos de deuda

Asientos Contables



Registros contables de las inversiones financieras.

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