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Boletín nº27 07/07/2026
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Trabajo ultima su propuesta para endurecer el despido, alineada con las exigencias de los sindicatos y del Consejo de Europa
Equipo de Redacción, SuperContable.com - 02/07/2026
- Plantea sustituir el actual sistema de indemnizaciones tasadas por un modelo “restaurativo”, en el que la compensación económica dependa de las circunstancias personales de cada trabajador.
- La patronal CEOE rechaza de forma tajante la propuesta, porque amenaza con encarecer y judicializar aún más la extinción de contratos y provoca inseguridad jurídica para las empresas.
Fuente: SuperContable.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha anunciado que tiene casi lista su propuesta de reforma del despido, que aspira a modificar de raíz el sistema de indemnizaciones por despido improcedente de nuestro mercado laboral.
El Departamento dirigido por Yolanda Díaz pretende implantar en España el llamado despido “restaurativo”, una fórmula que calcularía la compensación al trabajador despedido atendiendo no solo a su antigüedad, sino también a sus circunstancias personales y al daño concreto sufrido por el cese declarado ilegal.
Díaz acordó con UGT y CCOO el pasado mes de Mayo que el Ministerio elaboraría un texto articulado para llevarlo al Congreso; y ha anunciado que estará listo antes de Agosto.
La medida cuenta con el respaldo de los sindicatos, que quieren que se apruebe antes de las elecciones de 2027, pero despierta un fuerte rechazo en el ámbito empresarial. La patronal (CEOE) viene manifestado, desde hace meses, que ese reforma puede poner en riesgo la seguridad jurídica de las empresas, al sustituir un sistema indemnizatorio previsible por otro mucho más abierto a la interpretación judicial. En la práctica, el despido improcedente dejaría de tener un coste conocido de antemano y pasaría a depender de factores como la edad y género del trabajador, su formación, el sector de actividad o sus posibilidades de reincorporación al mercado laboral.
El planteamiento sindical pasa por fijar un sistema indemnizatorio dividido en tres niveles. Primero, un suelo mínimo que garantice una compensación básica. Segundo, una indemnización tasada por días por año trabajado, similar a la actual, aunque los sindicatos aspiran a tomar como referencia los 45 días por año y las 42 mensualidades que recogía originalmente el Estatuto de los Trabajadores, antes d ela reforma de 2012. Y, tercero, la posibilidad de que los tribunales concedan indemnizaciones complementarias cuando consideren que la compensación ordinaria no repara suficientemente el perjuicio causado.
Este último nivel, que es el que atribuye al despido el carácter “restaurativo”, es el que más rechazo genera en las empresas. La introducción de compensaciones adicionales abre la puerta a una mayor litigiosidad y a decisiones judiciales difíciles de anticipar. Para los empresarios, el problema no está solo en que el despido pueda resultar más caro, sino en que el coste final deje de ser calculable con claridad antes de tomar una decisión. En un contexto económico marcado por la competencia, la incertidumbre regulatoria y el aumento de costes laborales, la reforma podría tener un efecto disuasorio sobre la contratación indefinida.
Trabajo y los sindicatos defienden que el actual modelo español no cumple adecuadamente con la Carta Social Europea, al considerar que las indemnizaciones vigentes no son suficientemente disuasorias para las empresas ni reparadoras para los trabajadores. El Consejo de Europa ha llamado la atención a España en varias ocasiones por esta cuestión, después de las reclamaciones presentadas por UGT y CCOO.
Sin embargo, el Tribunal Supremo se ha alineado con la actual legislación nacional y ha rechazado que los jueces puedan fijar indemnizaciones adicionales al margen del sistema tasado actualmente vigente; aunque esta decisión ha sido recurrida en amparo por los sindicatos ante el Tribunal Constitucional.
Ante esta discrepancia, el Ministerio de Trabajo insiste en la necesidad de cambiar el marco legal heredado de la reforma laboral de 2012; y los sindicatos comparten ese diagnóstico.
Además de los cambios en la indemnización, también están sobre la mesa propuestas como reforzar la causalidad del despido, es decir, exigir que las extinciones de contrato estén debidamente justificadas y no se utilicen de forma arbitraria o como primer recurso; recuperar los salarios de tramitación, para que el trabajador siga percibiendo su sueldo mientras dura el litigio; o que la opción por la readmisión recaiga en el empleado despedido y no en la empresa.
En cualquier caso, y como ha ocurrido con otras iniciativas impulsadas por Empleo, como la reducción de la jornada laboral o el nuevo sistema de registro horario, su aprobación no está garantizada en el Congreso, dada la actual composición de la Cámara.
En SuperContable dispone de información precisa para conocer todo lo que afecta la regulación legal del despido, herramientas para realizar el cálculo de cualquier indemnización por extinción de la relación laboral, todos los modelos y formularios relacionados con la extinción del contrato de trabajo, o un tratamiento integral sobre afiliación, altas, bajas y variaciones en la Seguridad Social.
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