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El Ministerio de Trabajo presenta las actuaciones de la Inspección de Trabajo para la protección de los trabajadores frente a los riesgos por calor.

Equipo de Redacción, SuperContable.com - 12/06/2025

AECA

Fuente: SuperContable y Ministerio de Trabajo y Economía Social


La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha presentado las actuaciones de la Inspección de Trabajo para velar por la protección de las personas trabajadoras frente a los riesgos derivados de la exposición a elevadas temperaturas.

La titular de empleo, que ha comparecido acompañada de la directora general de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), Cristina Fernández y la directora del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), Aitana Garí, ha indicado que:

Es un plan que siempre incorpora avances en derechos laborales y que actúa con responsabilidad frente a uno de los grandes desafíos de nuestro tiempo: la emergencia climática, desde el ámbito laboral. Lo que queremos es prevenir y no tener que reparar.

Según ha indicado el Ministerio, desde 2021 se vienen intensificando las actuaciones de seguridad y salud laboral sobre la exposición de los trabajadores a condiciones meteorológicas adversas, pasando de 704 actuaciones en 2021 a 11.500 en 2024. Y, en cuanto a las infracciones, se ha pasado de 57 en 2021, con multas por importe de 175.000 euros, a 275 en 2024, por un importe de casi 1,4 millones de euros.

El elemento clave del programa son las advertencias y los requerimientos. La ITSS ha remitido, entre el 9 y 10 de junio, 112.620 cartas a empresas a los sectores anteriormente citados, ampliándose también estas advertencias a las entidades de comercio al por menor, gasolineras y personas trabajadoras en mercadillos.

Las actuaciones de control se compaginan con acciones de información y sensibilización, entre las que se encuentra la Guía de Actuación Inspectora para Fenómenos Meteorológicos Adversos, publicada para facilitar la gestión de prevención de riesgos a las personas trabajadoras y las empleadoras.

El Ministerio ha señalado también que, aunque su aplicación no es solo para el periodo estival, existe un permiso retribuido de hasta cuatro días por imposibilidad de acceder al trabajo debido a situaciones de riesgo grave e inminente debido a, entre otros, fenómenos meteorológicos adversos.

En SuperContable hemos abordado qué ocurre si no se cumplen en la empresa las medidas de prevención de riesgos laborales frente a la "olas de calor" y también el permiso por emergencias y catástrofes climáticas.