¿Es posible que la empresa se retracte del despido de un trabajador?

Publicado: 02/09/2019

Boletín nº 33 - Año 2019


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¿Es posible que la empresa se retracte del despido de un trabajador?.

Esta es una cuestión que se formula con mucha frecuencia a asesores, responsables de recursos humanos y abogados por parte de las empresas.

El caso concreto es el de una empresa que toma la decisión de despedir a un trabajador o trabajadora y luego pretende retractarse de dicha decisión y que el trabajador siga prestando servicios en la empresa, como si el despido no se hubiese producido.

Y la respuesta a la pregunta es, como en aquella conocida canción del grupo "Jarábe de Palo", que "depende".

En efecto, la posibilidad de que la empresa se retracte del despido de un trabajador depende de varias circunstancias, relacionadas con la forma en que se lleve a cabo el despido y, sobre todo, con la forma en que se comunique al trabajador afectado.

Así, con carácter general diremos que nuestro Tribunal Supremo ha señalado desde hace tiempo, y de forma reiterada, que la empresa no puede despedir a un trabajador y después retractarse de la decisión y pretender que el trabajador se reincorpore al trabajo como si nada hubiera pasado.

Recuerde que ...

No es posible despedir a un trabajador y después retractarse de la decisión y pretender que el trabajador se reincorpore al trabajo como si nada hubiera pasado.

La base legal de esa decisión es que el contrato de trabajo, como cualquier otro contrato, es bilateral y, para que el mismo continue vivo requiere la concurrencia de la voluntad de ambas partes.

O dicho de otro modo, la Ley permite que una de las dos partes contratantes - empresa o trabajador - pueda, en un momento dado, tomar la decisión de romper el vínculo contractual que le une con la otra, ya sea por despido, por dimisión...; pero lo que no puede hacerse unilateralmente, en ningún caso, es ni el inicio de la relación contractual ni, por supuesto, tampoco su reactivación, una vez extinguida ésta.

Según el Tribunal Supremo, el despido es una de las causas legales de extinción de la relación laboral y, cuando se produce, la restauración del vínculo contractual roto solo puede llevarse a cabo cuando exista acuerdo entre las partes, es decir, sí el trabajador acepta volver a la empresa, pero su vuelta no puede ser impuesta unilateralmente por la empresa ni, por supuesto, el hecho de que el trabajador no acepte la retractación, no puede suponerle ningún perjuicio o sanción de ningún tipo; ni tampoco puede considerarse como una dimisión.

Es decir...

Si una empresa lleva a cabo un despido no puede retractarse y readmitir al trabajador unilateralmente, es necesario que concurra la voluntad de ambas partes.

No obstante, y volviendo al "depende" de la canción, existen circunstancias en las que sí sería posible que la empresa se retractase del despido que pretende realizar.

Se trata del supuesto en que, una vez efectuado el despido, la decisión de retractarse se produce durante el periodo de preaviso.

En este caso, y siempre y cuando la decisión de retractarse tenga lugar en el periodo de preaviso que media entre la comunicación del despido al trabajador y la fecha señalada para que éste tenga efectos, la misma sí será conforme a derecho.

Según el Tribunal Supremo, la diferencia fundamental radica en el hecho de que, durante el periodo de preaviso, el vínculo contractual no se ha roto todavía y, por ende, el contrato de trabajo está todavía vigente.

Y es que, señala el Alto Tribunal, el preaviso es solo un anuncio de la pronta extinción del contrato; pero no es la extinción en si misma. Por ello, si la retractación se produce antes de que el contrato efectivamente se extinga, sí sería valida y su efecto sería la continuación del vínculo contractual.

En el mismo sentido, y a la reciproca, el Tribunal Supremo también ha reconocido que el trabajador pueda retractarse de su decisión de dimitir o causar baja voluntaria en la empresa, siempre y cuando dicha decisión tenga lugar dentro del periodo de preaviso concedido.

La razón última de la decisión es idéntica, el preaviso en un anuncio, pero no es la dimisión en sí misma, por lo que durante el periodo de preaviso el vínculo contractual sigue vivo.

En este caso existe un límite, que la decisión de retractarse del empleado no cause perjuicios a la empresa o a terceros; por ejemplo, que la empresa no haya contratado ya, durante el preriodo de preaviso, a otro empleado, para sustituir al que anunción que se iba.

Recuerde...

El trabajador también puede retractarse de su decisión de dimitir o causar baja voluntaria en la empresa, siempre y cuando dicha decisión tenga lugar dentro del periodo de preaviso concedido.

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