¿Seré sancionado si presento una declaración complementaria?

Publicado: 04/06/2019

Boletín nº 22 - Año 2019


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Como veíamos en un comentario anterior, se está obligado a presentar una declaración complementaria cuando en el resultado de la declaración originaria se ha producido un perjuicio a la hacienda pública, ya sea por un error, una omisión o la pérdida del derecho a una deducción o exención. En consecuencia, la nueva autoliquidación complementaria siempre originará un importe a ingresar mayor o una cantidad a devolver inferior a la anteriormente autoliquidada (siempre que la dedevolución solicitada no haya sido todavía efectuada por la Administración tributaria).

En este sentido, los ingresos correspondientes a las declaraciones presentadas antes de la finalización del plazo voluntario de declaración del impuesto no llevarán recargo alguno.

Tampoco llevarán recargo las declaraciones complementarias realizadas pasado el plazo voluntario de declaración cuando se deban a la percepción de atrasos o por devoluciones consecuencia de las cláusulas suelo o por cambios de residencia a otro país.

Sin embargo, los ingresos correspondientes a las declaraciones que se presenten con posterioridad al término del plazo de declaración voluntario tendrán un recargo de cuantía variable en función del retraso, con exclusión de sanciones siempre que no haya habido un requerimiento previo de la Administración tributaria:

Retraso Recargo
Hasta 3 meses 5%
De 3 meses y un día a 6 meses 10%
De 6 meses y un día a 12 meses 15%
Más de 12 meses 20% + intereses de demora

No obstante, estos recargos podrán verse reducidos en un 25 por 100, de acuerdo con el artículo 27.5 de la Ley General Tributaria, siempre que se realice el ingreso en los plazos indicados en la notificación con la liquidación provisional recibida.

Si desea conocer en cada tipo de situación cómo puede modificar una declaración tributaria ya presentada, así como los escritos o documentos que debe utilizar, le emplazamos a realizar nuestro SEMINARIO Rectificación de Declaraciones Tributarias, en donde además se abordarán las consecuencias económicas de realizar o no dichas rectificaciones, para que pueda elegir qué le compensa hacer en cada situación.

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