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Boletín nº33 02/09/2025


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¿Qué tipo de cambio debo utilizar para contabilizar una operación en moneda extranjera?

Mateo Amando López, Departamento Contable-Fiscal de SuperContable.com - 01/09/2025

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La Norma de Registro y Valoración 11ª del Plan General de Contabilidad (NRV 13ª del PGC PYME) establece que toda transacción en moneda extranjera se convertirá al euro, mediante la aplicación al importe en moneda extranjera, del tipo de cambio de contado.

Así, a la hora de registrar una importación de bienes o cualquier otra clase de operación con empresas extranjeras que no utilizan el euro como divisa, una de las dudas más frecuentes es qué tipo de cambio debe emplearse para valorarlas, especialmente cuando existen varias fechas importantes en el registro de la operación: la fecha de firma del contrato, la de la entrega, la del pago, la del registro, etc.

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas desarrolló esta casuística en la consulta nº 2 del BOICAC nº 115 de septiembre de 2018 sobre el tratamiento contable a aplicar en relación con el tipo de cambio que debe emplearse para contabilizar la importación de unas mercancías, en donde se preguntaba si debía aplicarse el tipo de cambio de contado existente en la fecha del Documento único administrativo (DUA) o si se debía utilizar el tipo de cambio de contado en la fecha de la factura.

En esta consulta se indicaba que el gasto por compras y la partida de proveedores en moneda extranjera se valorarán al tipo de cambio de contado que hubiera en el momento de la compra (fecha de la transacción). Posteriormente, cuando se pague la correspondiente factura, o, al cierre del ejercicio, se deberá aplicar el tipo de cambio de contado en esa fecha, y la diferencia, positiva o negativa, que surja por la variación del tipo de cambio se reconocerá en la cuenta de pérdidas y ganancias, como vimos a la hora de registrar los ajustes por moneda extranjera.

Por la factura de compra, utilizando el tipo de cambio de la fecha de compra:

Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
(600) Compras XXX
a (4004) Proveedores (moneda extranjera) XXX

Por el pago, utilizando el tipo de cambio de la fecha de pago:

Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
(4004) Proveedores (moneda extranjera) XXX
(668) Diferencias negativas de cambio XXX
a (768) Diferencias positivas de cambio XXX
a (572) Bancos c/c XXX

En consecuencia, las mercancías importadas se incorporarán al inventario valoradas al tipo de cambio de contado que hubiera en el momento de la compra (fecha de la transacción). Este valor se incrementará en el importe de los aranceles que se liquiden por la aduana y demás costes directos asociados, como indicamos al explicar el tratamiento contable y fiscal de una importación de bienes.

Por otro lado, la consulta nº 2 del BOICAC 108 de diciembre de 2016, especificó que en el caso de realizase algún anticipo al proveedor, el mismo se valoraría al tipo de cambio de contado de la fecha en que se realice la entrega del efectivo en moneda extranjera, sin que por dicho tramo del precio de adquisición proceda reconocer diferencia de cambio alguna.

Ejemplo

La sociedad “Importadora Global S.L.” adquiere mercancías a un proveedor de EEUU por un total de 1.000 USD. Se realizan las siguientes operaciones:

  1. El 15/09/2025 paga un anticipo de 300 USD al tipo de cambio de 1 USD = 0,92 €.

  2. El 01/10/2025 recibe la factura del proveedor por los 1.000 USD, valorando el resto de 700 USD al tipo de 1 USD = 0,88 €.

  3. El 05/10/2025 liquida aranceles por 50 € e IVA de importación del 21%.

  4. El 30/10/2025 paga el resto de la deuda al tipo de 1 USD = 0,85 €.

Solución

Convertimos las divisas a euros según las fechas:

  • Anticipo (300 USD × 0,92 €) = 276,00 €

  • Resto compra (700 USD × 0,88 €) = 616,00 €

  • Coste total de compra = 276,00 + 616,00 = 892,00 €

  • Coste inventario con aranceles = 892,00 + 50,00 = 942,00 €

  • IVA importación (21%) = 197,82 € (no se suma al coste)

  • Pendiente de pago: 700 USD × 0,85 € = 595,00 €

  • Diferencia positiva de cambio: 616,00 − 595,00 = 21,00 €

Asiento 15/09/2025:

Registro Contable - Anticipo Debe Haber
(407) Anticipos a proveedores 276,00 €
a (572) Bancos c/c 276,00 €

Asiento 01/10/2025:

Registro Contable - Compra Debe Haber
(600) Compras 892,00 €
a (4004) Proveedores (moneda extranjera) 892,00 €
Registro Contable - Compensación anticipo Debe Haber
(4004) Proveedores 276,00 €
a (407) Anticipos a proveedores 276,00 €

Asiento 05/10/2025:

Registro Contable - Despacho aduanero Debe Haber
(600) Compras (aranceles) 50,00 €
(472) H.P. IVA soportado 197,82 €
a (572) Bancos c/c 247,82 €

Asiento 30/10/2025:

Registro Contable - Pago y diferencia de cambio Debe Haber
(4004) Proveedores 616,00 €
a (572) Bancos c/c 595,00 €
a (768) Diferencias positivas de cambio 21,00 €

En resumen, las mercancías quedan incorporadas al inventario por 942,00 € (compra + aranceles). El IVA de importación 197,82 € es deducible y no incrementa el coste. La variación en el tipo de cambio genera una ganancia de 21,00 € reconocida en la cuenta de resultados.

InformacionDesde SuperContable.com ponemos a tu disposición el Servicio PYME con el que podrás acceder a las bases de datos de consulta contable, fiscal, laboral y mercantil, entre otras, que te permitirán conocer en todo momento cual es el asiento que debes realizar en cada situación, así como su implicación fiscal.

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