¿Qué puede
hacer el contribuyente que es objeto de una retención mal practicada?
En primer lugar señalar la falta de responsabilidad
del perceptor, ya que la retención e ingreso de una retención
es algo ajeno a su voluntad, siendo una obligación del pagador de rendimientos
sujetos a retención.
Acciones a realizar por el
contribuyente-perceptor de cantidades sujetas a retención:
1. En la declaración
de IRPF.
El perceptor de cantidades sometidas a retención
a cuenta debe:
- Computar las cantidades percibidas por la contraprestación
integra devengada.
- Deducir de su cuota la cantidad que debió ser retenida
(con independencia de la que se retuvo). Haya presentado o no la declaración
de retenciones, si el retenedor no efectúa el ingreso de su importe,
el perceptor de los rendimientos puede deducir de la cuota de su impuesto personal
las retenciones soportadas no ingresadas por aquel.
2. Impugnación de las Retenciones.
Si el perceptor de cantidades
sometidas a retención considera la que retención que le han practicado
no se ajusta a la que se le hubiera debido practicar puede:
- Impugnar el acto de retención mediante reclamación
económico-administrativa.