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 Ejemplo práctico: Cambios de Criterios Contables consecuencia de cambios en las estimaciones realizadas.

    La sociedad RCRCR adquiere el día 01.01.X0 un edificio con el fin de utilizarlo para el desarrollo de su actividad productiva. El valor del terreno es 50.000 euros y el valor de la construcción 400.000 euros. El método de amortización utilizado es el lineal. La vida útil del edificio se estima en un principio en 50 años. Se paga por bancos el total del importe de la compra en el momento de la adquisición.
    El día 01.01.X1 el edificio sufre un incendio de grandes proporciones que afecta a la estructura básica del mismo. Los expertos estiman que la vida útil del edificio podría haberse reducido hasta en 10 años.

 Solución:

      Las modificaciones en estimaciones contables debidas a la obtención de información adicional, a una mayor experiencia o al conocimiento de nuevos hechos, no serán consideradas como cambios en los criterios contables. Este cambio se imputará como gasto o ingreso del ejercicio actual o en el patrimonio neto en la partida correspondiente. El efecto que pudiera producirse en ejercicios futuros se imputaría en el sucesivo trancurso de los mismos.
    Es la Norma de Valoración 22ª del Plan General de Contabilidad NORMAL (21ª en el PGCPyme) la que así lo pone de manifiesto, estableciendo que el cambio de estimaciones contables se aplicará de forma prospectiva.
    
    De esta forma, el registro y valoración del ejemplo presentado vendría dado por:

    . 01.01.X0 por la adquisición, haremos:

    400.000 Construcciones (211)
     50.000 Terrenos y bienes naturales (210)
     72.000 Hacienda Pública, IVA soportado (472)

             a Bancos, c/c (572)  522.000
         --- x ---

    . 31.12.X0, por la amortización del ejercicio:

      8.000 Amortización del inmovilizado material (681)

            (400.000/50)
            a Amortización acumulada del inmovilizado material (281) 8.000
        --- x ---

    A partir del día 01.01.X1, se modifica la estimación de la vida útil del edificio, y según la Norma de Valoración 22ª (21ª en el PGCPyme), los cambios en estimaciones contables derivados de la obtención de información adicional, de una mayor experiencia o del conocimiento de nuevos hechos no se considererarán como cambio de criterio contable y su efecto deberá ser imputado como gasto o ingreso del ejercicio, o en su caso, directamente en el patrimonio neto. Los efectos en ejercicios futuros, en caso de que se produjeran, se imputarían durante el devenir de los mismos.

Así, para el cálculo de la amortización a partir de X1 tendríamos:

. Precio de compra: 400.000 euros.
. Amortización Acumulada X0: 8.000 euros.
. Valor neto contable: 392.000 euros.
. Cuota amortización a partir de X1: 392.000 / 40 años = 9.800 euros/año

    A 31.12.X1:

    9.800 Amortización del inmovilizado material (681)

            a Amortización acumulada del inmovilizado material (281)  9.800
        --- x ---



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