Redacción anterior artículo 5 bis, Ley 22/2003, de 9 de Julio, Ley Concursal

Normativa
Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal

Artículo 5 bis. Comunicación de negociaciones y efectos sobre el deber de solicitud de concurso.



Redacción válida hasta la entrada en vigor de la Ley 9/2015, de 25 de mayo, de medidas urgentes en materia concursal.

Añadido por la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal

    1. El deudor podrá poner en conocimiento del juzgado competente para la declaración de su concurso que ha iniciado negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio en los términos previstos en esta Ley.

    En el caso en que solicite un acuerdo extrajudicial de pago, una vez que el mediador concursal propuesto acepte el cargo, el registrador mercantil o notario al que se hubiera solicitado la designación del mediador concursal deberá comunicar, de oficio, la apertura de las negociaciones al juzgado competente para la declaración de concurso.


    2. Esta comunicación podrá formularse en cualquier momento antes del vencimiento del plazo establecido en el artículo 5. Formulada la comunicación antes de ese momento, no será exigible el deber de solicitar la declaración de concurso voluntario.

    3. El secretario judicial, sin más trámite, procederá a dejar constancia de la comunicación presentada por el deudor o, en los supuestos de negociación de un acuerdo extrajudicial de pago, por el notario o por el registrador mercantil.

    4. Transcurridos tres meses de la comunicación al juzgado, el deudor, haya o no alcanzado un acuerdo de refinanciación, un acuerdo extrajudicial de pagos o las adhesiones necesarias para la admisión a trámite de una propuesta anticipada de convenio, deberá solicitar la declaración de concurso dentro del mes hábil siguiente, a menos que ya lo hubiera solicitado el mediador concursal o no se encontrara en estado de insolvencia.


Redacción modificada (apartados 1, 3 y 4) por Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

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Redacción anterior a la Ley 14/2013 de 27 de Septiembre

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