Contingencias cotizables. Conceptos por los que se debe cotizar

CONCEPTOS POR LOS QUE SE DEBE COTIZAR.


    La cotización a la Seguridad Social se efectuará por los siguientes conceptos:

CONTINGENCIAS COTIZABLES

COBERTURA O FINALIDAD

Contingencias Comunes

Da cobertura a las situaciones de necesidad que pudieran derivarse de: Incapacidad laboral temporal por enfermedad común o accidente no laboral, las prestaciones de jubilación, incapacidad y muerte y supervivencia (prestaciones de viudedad, orfandad, auxilio por defunción, pensión y subsidio en favor de familiares) por enfermedad común o accidente no laboral, protección a la familiaprestaciones farmacéuticasasistencia sanitaria así como las situaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural.

Contingencias Profesionales

Da cobertura a las situaciones de necesidad derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. La cotización completa correrá a cargo exclusivamente de los empresarios. Esta cotización comprenderá el pago de dos primas:

  • Incapacidad Temporal (IT).- Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (AT y EP)
  • Invalidez, Muerte y Supervivencia (IMS).- Prestaciones de viudedad, orfandad, auxilio por defunción, pensión y subsidio en favor de familiares.

Horas Extraordinarias

Tienen como finalidad incrementar los recursos generales de la Seguridad Social. Se dividen en:

  • Estructurales o de Fuerza Mayor.
  • No Estructurales.

Desempleo

Intentar dar cobertura a las situaciones de necesidad que pudieran derivarse de la situación de desempleo.

Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)

Con la finalidad de garantizar a los trabajadores la percepción de salarios, indemnizaciones por despidos o extinción de la relación laboral, pendientes de pago por insolvencia, suspensión de pagos, quiebra o concurso de acreedores del empresario, beneficiando así a cualquier trabajador con un contrato laboral.

Formación Profesional

Con fines de formación, reciclaje, recalificación y reclasificaciones profesionales.



Comentarios



Tipos de Cotización aplicables en el Régimen General

Legislación



Art. 6 RD 2064/1995 RGCL. La obligación de cotizar. Objeto.
Orden Cotización

Jurisprudencia



Cotización
Determinación de la contingencia: Común o Profesional

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