Coeficientes reductores de la cotización aplicables a las empresas excluidas de alguna contingencia y a las empresas colaboradoras

Coeficientes reductores: Aplicables a Empresas excluidas de alguna contingencia



    Regulados en la Orden de Cotización por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para cada ejercicio, tenemos:

COEFICIENTES REDUCTORES, CONTINGENCIAS EXCLUIDAS A PARTIR 1 ENERO 2022

La orden referida establece los coeficientes reductores desde el 1 de enero de 2022 por lo que habremos de hacer un seguimiento de la misma, al ejercicio que corresponde y verificar que la información está completamente actualizada afecha de visionar este documento.
- Orden de Cotización  

CONTINGENCIAS

EMPRESA

TRABAJADOR

TOTAL

1.- Protección a la familia

(*)

(*)

(*)

2.- Incapacidad permanente, muerte y supervivencia y jubilación , derivadas de enfermedad común y accidente no laboral

(**)

(**)

(**)

3.- Incapacidad temporal derivada de enfermedad común y accidente no laboral

0,046

0,009

0,055

4.- Asistencia sanitaria por enfermedad común, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, maternidad y paternidad y accidente no laboral

(***)

(***)

(***)

5.- Prestación Farmacéutica.

(***)

(***)

(***)

6.- Supuestos a los que se refiere el segundo inciso del primer párrafo del apartado 2 de la disposición transitoria quinta del RD 480/1993, de 2 de abril, por la que se integra en el Régimen General de la Seguridad Social el Régimen Especial de los funcionarios de la Administración Local.

(****)

(****)

(****)

7.- Supuestos de exclusión de las contingencias de incapacidad temporal, nacimiento y cuidado del menor, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, respecto a los funcionarios públicos y demás personal a que se refiere la disposición adicional tercera del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

0,054

0,011

0,065

(*) Con efectos de 1 de enero de 2001, desaparece el coeficiente reductor por Protección a la familia.

(**) Con efectos de 1 de enero de 2007 desaparece el coeficiente reductor por Jubilación, Incapacidad Permanente, Muerte y Supervivencia.

(***) Con efectos de 1 de enero de 2010, desaparecen los coeficientes reductores para esas contingencias.

(****) Con efectos de 1 de enero de 2022, desaparecen los coeficientes reductores para esos supuestos.

OBSERVACIONES: El importe a deducir de la cotización se determinará multiplicando por los coeficientes señalados o suma de los mismos, en su caso, la cuota íntegra resultante de aplicar el tipo único vigente a las correspondientes bases de cotización.


Comentarios



Cobertura de las Contingencias por las que hay que cotizar a la Seguridad Social

Legislación



Orden de Cotización Desarrollo de las normas de cotización a la Seguridad Social.

Jurisprudencia



Cotización

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