¿Qué puede hacer la Inspección de Trabajo?
Obligaciones
Por lo que afecta al administrado, tenemos que tener presente que la Inspección de Trabajo está sometida en su actuación al cumplimiento de determinados deberes y también al cumplimiento de un código de conducta. En primer lugar, debe actuar con eficacia y calidad en la prestación del servicio a los ciudadanos. Asimismo, su actuación debe regirse por la imparcialidad, la objetividad e igualdad de trato y la no discriminación en el ejercicio de la función inspectora; velando por los intereses generales y con sujeción y observancia de la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico.Los Inspectores y Subinspectores procurarán perturbar en la menor medida posible el desarrollo de las actividades de los inspeccionados
Legislación
Artículo 2 Ley 23/2015 LITSS. Principios ordenadores del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.Artículo 9 Ley 23/2015 LITSS. Deberes y código de conducta.Artículo 10 Ley 23/2015 LITSS. Deber de sigilo e incompatibilidades.Artículo 9 Real Decreto 138/2000 ROFITSS. Obligaciones.Artículo 10 Real Decreto 138/2000 ROFITSS. Deber de sigilo profesional.Artículo 11 Real Decreto 138/2000 ROFITSS. Incompatibilidad, abstención y recusación de inspectores y subinspectores.Jurisprudencia y Doctrina
Jurisprudencia sobre conductas que pueden ser objeto de revisión por la Inspección de Trabajo.Siguiente: ¿Qué puede hacer la Inspección de Trabajo? Función inspectora
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