Caso Práctico. Deterioro de Insolvencias de Créditos. Método Global.

Casos prácticos de contabilidad

DETERIORO DE INSOLVENCIAS DE CRÉDITOS. MÉTODO GLOBAL


    La empresa RCRCR S.A. se ha dado cuenta de que deberá contabilizar una corrección valorativa de los créditos comerciales que mantienen con diversos clientes, y ha estimado su valoración en un 4,5% a fecha de cierre.

    Al cierre del ejercicio 20X0, se revisa la estimación y se detecta que la corrección por el deterioro de créditos en el último año debe ser superior a la estimada, por lo que se decide aumentarla a un 5,2%.

    Los saldos de la cuenta clientes son los siguientes:
  • Saldo clientes 20X0: 25.000

  • Saldo clientes 20X1: 33.000

    Se pide registrar la corrección valorativa del ejercicio 20X1 mediante el sistema global.


Solución:



    De acuerdo a la NRV 22.ª del Plan General de Contabilidad (NRV 21.ª PGC PYMES) se calificarán como cambios en estimaciones contables aquellos ajustes en el valor contable de activos o pasivos, o en el importe del consumo futuro de un activo, que sean consecuencia de la obtención de información adicional, de una mayor experiencia o del conocimiento de nuevos hechos. El cambio de estimaciones contables se aplicará de forma prospectiva y su efecto se imputará, según la naturaleza de la operación de que se trate, como ingreso o gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio o, cuando proceda, directamente al patrimonio neto. El eventual efecto sobre ejercicios futuros se irá imputando en el transcurso de los mismos. Siempre que se produzcan cambios de criterio contable o subsanación de errores relativos a ejercicios anteriores se deberá incorporar la correspondiente información en la memoria de las cuentas anuales.

    Por tanto hallamos la diferencia derivada del efecto del cambio estimado:
  • Pérdida por deterioro de créditos comerciales 20X0: 4,5% x 25.000 = 1.125 euros

  • Pérdida por deterioro de créditos comerciales 20X1 (anterior estimación): 33.000 x 4,5 = 1.485 euros

  • Pérdida por deterioro de créditos comerciales 20X1 (nueva estimación): 33.000 x 5,2% = 1.716 euros
    Como el cambio de estimación se realiza en el mismo ejercicio se procederá a aplicar directamente la nueva estimación.
  • Registro contable a 31/12/20X1, revirtiendo la pérdida por deterioro del ejercicio 20X0:

1.125Deterioro de valor de créditos operaciones comerciales (490)
Reversión deterioro créditos operaciones Comerciales (794)1.125


  • Registro de la estimación de la pérdida por deterioro en 20X1:

1.716Pérdidas deterioro créditos operaciones comerciales (694)
Deterioro de valor de créditos operaciones comerciales (490)1.716


    A efectos fiscales, es importante destacar lo dispuesto en el artículo 104 de la LIS sobre las pérdidas por deterioro:

    En el período impositivo en el que se cumplan las condiciones para que la empresa sea considerada de reducida dimensión (importe neto de la cifra de negocios inferior a 10 millones de euros según artículo 101 de esta Ley) será deducible la pérdida por deterioro de los créditos para la cobertura del riesgo derivado de las posibles insolvencias hasta el límite del 1 por ciento sobre los deudores existentes a la conclusión del período impositivo.


    Esta posible deducción fiscal para las entidades de reducida dimensión es independiente de la establecida en el apartado 1 del Art. 13 LIS para la imputación idividual de este tipo de deterioros, por lo que no requiere que se cumplan los requisitos establecidos en dicho artículo.

    Por lo tanto, en las entidades de reducida dimensión cualquier pérdida por deterioro de créditos contabilizada por el método global solo será deducible fiscalmente hasta el 1% de los créditos pendientes al final del ejercicio y conllevará, en su caso y por el exceso, la realización del pertinente ajuste extracontable positivo en la declaración del impuesto sobre sociedades. Este ajuste se realizará por el total en las entidades no consideradas de reducida dimensión, al no permitirse fiscalmente deducir ningún porcentaje por este motivo utilizando el método global.


Legislación



Art. 13 LIS Correcciones de valor: pérdida por deterioro del valor de los elementos patrimoniales
Art. 101 LIS Ámbito de aplicación. Cifra de negocios.
Art. 104 LIS Pérdidas por deterioro de los créditos por posibles insolvencias de deudores.

Jurisprudencia



Consulta 5 BOICAC nº 74/2008 Criterio de deterioro en empresas de grupo, multigrupo y asociadas.


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