¿Puede un niño hacer la Renta, cómo tributa un menor...? Casos curiosos del IRPF

Fecha Publicación: 05-05-2016 - Número Boletín: 19 Año: 2016

         La fiscalidad de un niño plantea diferentes interrogantes a la hora de confeccionar la Declaración de la Renta. En este artículo se abordan algunos supuestos como ¿puede un menor de 8 años hacer la Declaración?, ¿puede una madre soltera con hijo hacer la Conjunta? y ¿es posible que un matrimonio se deduzca el hijo cuando es solo de ella?.

E. Ruiz-Hidalgo (invertia.com)

DECLARACIÓN DE LA RENTA DE UN MENOR

         ¿Puede un niño de ocho años presentar la declaración de la Renta? Según el supuesto, explicado en el FORO FISCAL de Invertia en el que el menor tiene una cuenta corriente y ha percibido intereses sí puede presentar. La participación de los niños en el IRPF deja casos curiosos.

         Antes de detallar ese supuesto, hay que advertir que no estarían obligados a presentar declaración aquellos contribuyentes que hubieran obtenido ingresos del capital mobiliario, como los intereses de cuentas corrientes, siempre que hayan estado sometidos a retención o ingreso a cuenta, y su cuantía global no supere la cantidad de 1.600 euros anuales.

         En el Foro Fiscal la pregunta la plantea una pareja, que trabajan ambos cónyuges, con hijos y que, por sus circunstancias les interesa más presentar declaraciones individuales. Ahora bien, ¿puede alguno de los niños presentar la declaración individual para recuperar las retenciones que le hayan efectuado por tener cuentas corrientes?

         En concreto sería si un niño de, por ejemplo, 8 años, con unos ingresos de 10 euros brutos por intereses, podría hacer la Declaración para que le devuelvan los 2 euros de retención que le han quitado, y si ello afecta a que los padres en sus declaraciones individuales puedan deducirse por ese hijo.

         La respuesta es afirmativa. Ese niño podría presentar una declaración individual. La forma de hacerlo sería: pedir un número de referencia para el niño, de igual manera que lo han pedido sus padres, marcando que no han declarado el año pasado, e indicando un número de cuenta del que sea titular. Si se diera el caso de que el niño no tuviera DNI, tanto para presentar para declaración individual, como para obtener el número de referencia, tendría que solicitar un número de identificación provisional. Por último, señalar que firmaría, el niño, con su referencia.

         La unidad familiar fiscalmente la componen los esposos (cónyuges) y los hijos menores de edad (18 años) que convivan con sus padres. Si algún miembro de esta unidad familiar elige la declaración individual , todos los componentes de la unidad familiar han de presentar sus declaraciones individuales , si opta por la Conjunta en esta deben integrase todos los rendimientos de los componentes de la unidad familiar.

MADRE SOLTERA CON HIJO

         Otro supuesto en el que aparecen niños implicados, también en el FORO FISCAL, sería el de una madre soltera que vive con su hijo menor y éste no tiene ningún ingreso, salvo el de algún interés por cuenta ahorro en el banco. ¿Podría la madre presentar declaración conjunta con el hijo, en lugar de individual de figurando el hijo solo como descendiente? La respuesta es la siguiente: Al no existir convivencia entre los progenitores y no tener rentas el hijo, o de escasa importancia, compensa hacer la conjunta, ya que aplica la reducción de 2.150 euros por declaración conjunta monoparental. Y la forma de realizarla es la siguiente: Se haría de manera idéntica, tenga ingresos o no. Lo único, en el primer caso (que tiene ingresos) hay que indicar, efectivamente, que sí tiene hijos que obtienen rentas. En el cajetín de optar por la modalidad aparecen las opciones Declarante, Hijo1 y Conjunta.

MATRIMONIO CON HIJO SOLO DE LA MUJER

         Otro caso es el de una familia formada por marido y mujer, que están casados, y tienen un hijo solamente de ella, de su anterior relación. ¿Qué opciones de tributación hay además de las individuales?, ¿podrían presentar los tres una conjunta? Al existir matrimonio, se resuelve en el FORO, la unidad familiar la componen la pareja y los hijos de ambos, aunque no sean comunes. Pueden presentar una conjunta los tres.

 

 

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