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¿Qué datos debe contener la factura electrónica?

No existe diferencia entre el contenido de la factura en papel y la factura electrónica. Así, según el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, las facturas deben contener la siguiente infomrmación:

  1. Número y serie.

  2. Fecha de su expedición.

  3. Nombre y apellidos o denominación social del emisor y del destinatario.

  4. NIF del emisor y del destinatario.

  5. Domicilio del emisor y del destinatario.

  6. Descripción de las operaciones, indicando la base imponible del Impuesto que las grave (IVA, IGIC...).

  7. Tipo impositivo aplicado.

  8. La cuota tributaria que se repercuta.

  9. Fecha en que se hayan efectuado las operaciones si es distinta a la de expedición de la factura.

  10. Exención o régimen especial que se haya aplicado, así como si se trata de un supuesto de inversión del sujeto pasivo.

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