Tratamiento contable de la creación y mantenimiento de una página web (PGC Y PGC PYMES).

En este tema nos ceñiremos a plasmar la Consulta número 1 del BOICAC número 44/DICIEMBRE de 2000 sobre el tratamiento contable de la creación de una página en INTERNET, denominada por el consultante WEB.

Al inicio de la Respuesta podemos leer: una página WEB (World Wide Web) consiste en un documento integrado por una combinación de texto y una serie de elementos multimedia. Normalmente presentan imágenes y gráficos insertados en el texto, al estilo de los libros y revistas impresos. Sin embargo, lo verdaderamente relevante de estas páginas estriba en la posibilidad de acceder, a través de los enlaces que contienen, a nuevos documentos de hipertexto. Estas características, permiten que se pueda concebir la página WEB como un elemento patrimonial intangible al servicio de la empresa, de forma similar a la de los diferentes programas informáticos existentes en la actualidad.

Los criterios contenidos en las normas relativas al inmovilizado material, se aplicarán a los elementos del inmovilizado intangible, sin perjuicio de lo dispuesto a continuación y de lo previsto en las normas particulares sobre el inmovilizado intangible.

1. Reconocimiento.

Para el reconocimiento inicial de un inmovilizado de naturaleza intangible, es preciso que, además de cumplir la definición de activo y los criterios de registro o reconocimiento contable contenidos en el Marco Conceptual de la Contabilidad, cumpla el criterio de identificabilidad.

El citado criterio de identificabilidad implica que el inmovilizado cumpla alguno de los dos requisitos siguientes:

  1. Sea separable, esto es, susceptible de ser separado de la empresa y vendido, cedido, entregado para su explotación, arrendado o intercambiado.
  2. Surja de derechos legales o contractuales, con independencia de que tales derechos sean transferibles o separables de la empresa o de otros derechos u obligaciones.

En ningún caso se reconocerán como inmovilizados intangibles los gastos ocasionados con motivo del establecimiento, las marcas, cabeceras de periódicos o revistas, los sellos o denominaciones editoriales, las listas de clientes u otras partidas similares, que se hayan generado internamente.

2. Valoración posterior.

La empresa apreciará si la vida útil de un inmovilizado intangible es definida o indefinida. Un inmovilizado intangible tendrá una vida útil indefinida cuando, sobre la base de un análisis de todos los factores relevantes, no haya un límite previsible del período a lo largo del cual se espera que el activo genere entradas de flujos netos de efectivo para la empresa.

Un elemento de inmovilizado intangible con una vida útil indefinida no se amortizará, aunque deberá analizarse su eventual deterioro siempre que existan indicios del mismo y al menos anualmente. La vida útil de un inmovilizado intangible que no esté siendo amortizado se revisará cada ejercicio para determinar si existen hechos y circunstancias que permitan seguir manteniendo una vida útil indefinida para ese activo. En caso contrario, se cambiará la vida útil de indefinida a definida, procediéndose según lo dispuesto en relación con los cambios en la estimación contable, salvo que se tratara de un error.

Ejemplo Práctico:

La empresa SuperContable S.A. ha contratado los servicios de una empresa de diseño web para el desarrollo de una página destinada a la promoción y venta de sus productos, encargándose también del dominio, actualización y revisión de dicha web. Se considera que dicha aplicación informática quedará totalmente obsoleta en un período de 5 años.

La factura presentada a SuperContable S.A. incluye los siguientes conceptos:

Concepto Precio
Creación de página web 550€
Coste de dominio 25€
HP, IVA soportado 120,75€
TOTAL 695,75€

Posteriormente, la empresa de diseño web pasa factura a SuperContable S.A. por el coste de la actualización y mejora de la web con su correspondiente IVA por importe de 150€.

Solución:

Cuando la página web ya esté disponible:

Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
Aplicaciones informáticas “página web” (206) 550
Arrendamientos y cánones (621). 25
HP, IVA soportado (472) 120,75
a Bancos c/c (572) 695,75

Por la amortización de la web correspondiente al ejercicio:

Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
Amortización del inmovilizado intangible (680) 110
a Amortización acumulada de aplicaciones informáticas (2806) 110

Por la actualización y mejora de la web:

Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
Reparaciones y conservación (622) 150
HP, IVA soportado (472) 31,5
a  Bancos c/c (572) 181,5

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