PRESTACIÓN DE SERVICIOS. DETERMINACIÓN DEL COSTE DE PRODUCCIÓN E IMPUTACIÓN DE LOS INGRESOS EN FUNCIÓN DEL PORCENTAJE DE REALIZACIÓN. (PGC PYMES).

Según la Norma de Valoración 16ª, 3 del PGC PYMES, los ingresos por prestación de servicios se reconocerán cuando el resultado de la transacción pueda ser estimado con fiabilidad, considerando para ello el porcentaje de realización del servicio en la fecha de cierre del ejercicio.

En consecuencia, sólo se contabilizarán los ingresos procedentes de prestación de servicios cuando se cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:

  • - El importe de los ingresos puede valorarse con fiabilidad.
  • - Es probable que la empresa reciba los beneficios o rendimientos económicos derivados de la transacción.
  • - El grado de realización de la transacción, en la fecha de cierre del ejercicio, puede ser valorado con fiabilidad, y
  • - Los costes ya incurridos en la prestación, así como los que quedan por incurrir hasta completarla, pueden ser valorados con fiabilidad.

La empresa revisará y, si es necesario, modificará las estimaciones del ingreso por recibir, a medida que el servicio se va prestando. La necesidad de tales revisiones no indica, necesariamente, que el desenlace o resultado de la operación de prestación de servicios no pueda ser estimado con fiabilidad.

Cuando el resultado de una transacción que implique la prestación de servicios no pueda ser estimado de forma fiable, se reconocerán ingresos, sólo en la cuantía en que los gastos reconocidos se consideren recuperables.

Ejemplo:

La sociedad RCRCR se dedica a realizar proyectos de investigación sobre procesos de fabricación. En el año 20XX firma un contrato por valor de 76.000 euros, los cuales se cobrarán a la entrega del proyecto. Los costes estimados para ello son de 48.000 euros. El trabajo comienza el día 01.06.20XX y finaliza el 01.06.20XX+1.

La empresa RCRCR ha incurrido en cada ejercicio en los siguientes costes:

  • en el año 20XX, 38.000 euros;
  • en el año 20XX+1, 10.000 euros;

El 01.06.09 se entrega el proyecto, recibiendo RCRCR el pago estipulado por ello mediante bancos.

Determinar los resultados y contabilizarlas operaciones de ambos ejercicios si:

  1. - Se cumplen las condiciones establecidas en la NV 16ª, 3 del PGC PYMES.
  2. - No se cumplen esas condiciones y la empresa considera que los costes son recuperables.
  3. - Se cumplen las condiciones establecidas en la NV 16ª, 3 del PGC PYMES.

En este caso se contabilizarán los ingresos teniendo en cuenta el porcentaje de realización del servicio a la fecha de cierre, y para calcular la parte imputable de los ingresos utilizaremos el sistema de costes incurridos sobre costes totales.

El porcentaje de realización del servicio en cada ejercicio es el siguiente:

  • en 20XX: 38.000/48.000 = 79,17 %;
  • en 20XX+1: 10.000/48.000 = 20,83 %;

Los ingresos y costes de cada período son:

SOLUCIÓN

Año % Realizado Ing. Período Coste Período Resultado
20XX 79,17 79,17% 76.000 = 60.169,20 38.000 22.169,20
20XX+1 20,83 20,83% 76.000 = 15.830,80 10.000 5.830,80

Cada año contabilizaremos los ingresos del período:

  • En 20XX:

    Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
    Clientes (430) 69.769.27
    a Prestaciones de servicios (705) 6.169,20
    a HP, IVA repercutido (477)
    (16% 60.169,20)
    9.627,07
  • En 20XX+1

    Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
    Clientes (430) 18.363,73
    a Prestaciones de servicios (705) 15.830,80
    a HP, IVA repercutido (477)
    (16% 15.830,80)
    2.532,93

Cuando la empresa reciba el pago:

Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
Bancos, c/c (572)
(69.796,27 + 18.363,73)
88.160
a Clientes (430) 88.160

Si no se cumplen las condiciones que establece la NV 14ª,3 y la empresa considera que los costes son recuperables.

Al no cumplirse las citadas condiciones, los costes en los que la empresa haya incurrido se activarán como existencias al cierre del ejercicio 20XX, siempre que la empresa considere estos costes como recuperables, ya que si no serían gastos del ejercicio.

Los ingresos y costes de cada período serán:

Año Ing. Período Coste Período Resultado
20XX 38.000 (var. exist) 38.000 0
20XX+1 76.000 48.000 (10.000 + 38.000 var. exist.) 28.000

Procedemos ahora a realizar los correspondientes ajustes contables:

  • A 31.12.XX:

    • Por los costes del período:

      Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
      Gastos por su naturaleza (6XX) 38.000
      a Bancos, c/c (572) 38.000
    • Por la variación de existencias:

      Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
      Servicios en curso (33X) 38.000
      a Var. exist. productos en curso (710X) 38.000
  • A 01.06.09:

    • Por los costes del período:

      Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
      Gastos por su naturaleza (6XX) 10.000
      a Bancos, c/c (572) 10.000
    • Por los ingresos del período, ya que en este caso sólo reconocemos los ingresos cuando entregamos el servicio al cliente, que es cuando realmente se producen:

      Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
      Clientes (430) 88.160
      a Prestaciones de servicios (705) 76.000
      a HP, IVA soportado (477)
      ( 16% 76.000 )
      2.160
    • Por el cobro al cliente:

      Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
      Bancos, c/c (572) 88.160
      a Clientes (430) 88.160
    • Eliminamos la variación de existencias:

      Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
      Var. exist. servicios en curso (710X) 38.000
      a (33X) Servicios en curso 38.000

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