Resolución de 26 de junio de 2019. Tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales en el segundo semestre del año 2019

Resolución de 26 de junio de 2019, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se publica el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el segundo semestre natural del año 2019.



    A efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en la redacción dada por el artículo 33.Tres de la Ley 11/2013, de 26 de julio, y en cumplimiento de la obligación de publicar semestralmente en el «Boletín Oficial del Estado» el tipo legal de interés de demora, esta Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional hace público:

    1. En la última operación principal de financiación del Banco Central Europeo en el primer semestre de 2019, efectuada mediante subasta a tipo fijo que ha tenido lugar el día 26 de junio, el tipo de interés aplicado ha sido el 0,00 por 100.

    2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en la redacción dada por el artículo 33.Tres de la Ley 11/2013, el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el segundo semestre natural de 2019 es el 8,00 por 100.

    Madrid, 26 de junio de 2019.-El Secretario General del Tesoro y Financiación Internacional, P.S. (Real Decreto 1046/2018, de 24 de agosto), la Directora General del Tesoro y Política Financiera, Elena Aparici Vázquez de Parga.

Siguiente: Reglamento (UE) 2019/517 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2019, aplicación y funcionamiento del dominio de primer nivel .eu

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos