Artículo 59. Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones

Normativa
Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones

Artículo 59. Plazo de presentación de la solicitud.




    Las asociaciones que decidan fusionarse deberán presentar la solicitud de inscripción en el plazo previsto en el artículo 37.1, contado desde la fecha del último acuerdo adoptado.

Legislación



Indice del RD 949/2015, Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.


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