Artículo 42. Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones

Normativa
Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones

Artículo 42. Iniciativa de inscripción.




    La solicitud de inscripción de la constitución de la asociación deberá presentarse, al menos, por uno de sus promotores.

Legislación



Indice del RD 949/2015, Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.

Equivalencia Normativa



Equivalencia Ley anterior artículo 5 RD 1497/2003.

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