Artículo 15. Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones

Normativa
Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones

Artículo 15. Forma de practicar los asientos.




    1. Los asientos se redactarán en lengua castellana y se extenderán de forma sucinta, remitiéndose al expediente donde conste el documento que formalice el acto objeto de inscripción.

    2. En todo caso, quedará constancia de la fecha en que se practica el asiento.

Legislación



Indice del RD 949/2015, Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.


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