Artículo 13 Real Decreto 1130/2023, de 19 de diciembre.

Normativa
Real Decreto 1130/2023, de 19 de diciembre, por el que se desarrollan la composición y el funcionamiento de la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual y por el que se modifica el Real Decreto 1023/2015, de 13 de noviembre.

Artículo 13. Inicio del procedimiento.




    El procedimiento se iniciará de oficio, previa denuncia ante la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual por parte de las personas naturales o jurídicas mencionadas en el artículo 9.a).


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