Artículo 30. Ley 3/1991, de 10 de Enero, de Competencia Desleal

Normativa
Ley 3/1991, de 10 de enero, de competencia desleal

Artículo 30. Prácticas agresivas en relación con los menores.




    Se reputa desleal por agresivo, incluir en la publicidad una exhortación directa a los niños para que adquieran bienes o usen servicios o convenzan a sus padres u otros adultos de que contraten los bienes o servicios anunciados.

NOTA: Redacción dada por 29/2009, de 30 de diciembre.

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