Artículo 213. Alcance de un convenio con los acreedores.

Las limitaciones de los derechos de los acreedores derivadas de un convenio aprobado en el concurso territorial, tales como la quita y la espera, sólo producirán efectos con respecto a los bienes del deudor no comprendidos en este concurso si hay conformidad de todos los acreedores interesados.
Legislación
- Equivalencia con artículo 735 RDL 1/2020 TRLC.
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