Artículo 2. Protección registral.
Todo diseño que cumpla los requisitos establecidos en esta ley podrá ser protegido como diseño registrado mediante su inscripción, válidamente efectuada, en el Registro de Diseños.Siguiente: Artículo 3 Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial
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