Artículo 185. Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, Ley de Sociedades Anónimas.

Normativa
Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, Ley de Sociedades Anónimas

ART. 185  Concepto de participación.



NOTA: DEROGADO POR LEY 16/2007, DE 4 DE JULIO, A PARTIR DE 1 DE ENERO DE 2008.

    1. A los efectos de este capítulo se entienden por participaciones los derechos sobre el capital de otras sociedades que, creando con éstas una vinculación duradera, estén destinadas a contribuir a la actividad de la sociedad.

    2. Se presumirá que existe participación en el sentido anteriormente expresado cuando se posea, al menos, el veinte por ciento del capital de otra sociedad, o el tres por ciento si ésta cotiza en Bolsa.

Redacción válida hasta 01-09-10, según Real Decreto Legislativo 1/2010.

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