Artículo 156 Ley 11/1986, de 7 de diciembre, de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad

Normativa
Ley 11/1986, de 20 de Marzo, de Patentes

Artículo 156.



Redacción válida hasta 31-03-2017, según Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes.

    Los Agentes de la Propiedad Industrial son las personas físicas inscritas como tales en el Registro de la Propiedad Industrial que, como profesionales liberales, ofrecen habitualmente sus servicios para aconsejar, asistir o representar a terceros para la obtención de las diversas modalidades de la propiedad industrial y la defensa ante el Registro de la Propiedad Industrial de los derechos derivados de las mismas.

Legislación



Art. 176 Ley 24/2015. Agentes de la Propiedad Industrial.

Legislación



- Índice de la Ley 11/1986 Patentes de invención y  modelos de utilidad

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