Artículo 115 Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, reglamento del registro mercantil

Normativa
Real Decreto 1784/1996, de 19 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil

Artículo 115. Contenido de los estatutos.




    Para su inscripción en el Registro Mercantil, los estatutos de la sociedad anónima deberán expresar las menciones que se recogen en los articulos siguientes.

Legislación



- Índice del Real Decreto 1784/1996 Reglamento del Registro Mercantil

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