Acta de Disolución de Sociedad Limitada Unipersonal.
Formularios
ACTA DE DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
En la ciudad de ......................., siendo las ....... horas del día ...... de ................ de 2.00...., se reúne, en el domicilio social de la Entidad "..........................., S.L. Unipersonal", sito en la calle ................................, número ............., de la localidad de ......................., la Junta General Universal, al estar presente la totalidad del capital social, integrada por quien suscribe el presente documento, Don/Dª. ...................................., como socio/a único/a de la sociedad, concurriendo en mi haber la titularidad del cien por cien del capital social de la misma.El número total de socios presentes es de uno, que representa el cien por cien del capital social. Asimismo, se halla presente el órgano de administración de la Compañía, integrado por un Administrador Único, Don/Dª. ....................................Queda así, válidamente constituida la Junta, cuyas funciones propias son ejercidas por mí, en mi condición de socio/a único/a, conforme a lo establecido en el artículo 15 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades del Capital (RDL 1/2010).El presente documento deja constancia de la decisión de proceder a la disolución de la sociedad. Los motivos que han llevado a esta decisión han sido
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Posibles redacciones:
Cese en el ejercicio de la actividad.
Consecuencia del cese en el ejercicio de la actividad que constituía el objeto social de la empresa, tras un período de inactividad superior a un año. Siendo este hecho motivo de disolución contemplado en el artículo 363 de la LSC, procede determinar la disolución de la empresa.
Paralización de los órganos sociales.
Consecuencia de la paralización de los órganos sociales de la sociedad por discrepencia insalvable entre los mismos, de modo que resulta imposible un normal funcionamiento de la empresa. Siendo este hecho motivo de disolución contemplado en el artículo 363 de la LSC, procede determinar la disolución de la empresa.
Por pédidas.
Consecuencia de las pérdidas continuadas reflejadas en la empresa y que han dejado reducido el patrimonio neto de la misma a una cantidad inferior a la mitad del capital social, sin haberse éste aumentado en la medida suficiente, y no siendo procedente solicitar la declaración de concurso. Siendo este hecho motivo de disolución contemplado en el artículo 363 de la LSC, procede determinar la disolución de la empresa.
Fin del plazo en estatutos.
Consecuencia del transcurso del término de duración fijado en los estatutos, sin que con anterioridad hubiera sido prorrogada e inscrita en el Registro Mercantil correspondiente. Siendo este hecho motivo de disolución contemplado en el artículo 363 de la LSC, procede determinar la disolución de la empresa.
Reducción del capital social por debajo límite.
Consecuencia de reducción del capital social por debajo del mínimo legal, no habiendo sido esta derivada del cumplimiento de ley alguna. Siendo este hecho motivo de disolución contemplado en el artículo 363 de la LSC, procede determinar la disolución de la empresa.
Valor nominal de las participaciones sociales/acciones sin voto.
Consecuencia que el valor nominal de las participaciones sociales/acciones sin voto excede de la mitad del capital social desembolsado de la empresa no habiéndose restablecido esta proporción, por diversas causas, durante más de dos años. Siendo este hecho motivo de disolución contemplado en el artículo 363 de la LSC, procede determinar la disolución de la empresa.
La apertura de la fase de liquidación en el concurso de acreedores producirá la disolución de pleno derecho de la sociedad
Consecuencia de la apertura de la fase de liquidación en el concurso de acreedores que presentaba la sociedad. Siendo este hecho motivo de disolución de pleno derecho contemplado en el artículo 361 de la LSC, procede determinar la disolución de la empresa.
Resolución judicial.
Consecuencia de la resolución judicial disctada por el Tribunal............ en fecha..... Siendo este hecho motivo de disolución contemplado en el artículo 362 de la LSC, procede determinar la disolución de la empresa.
Por cualquier otra causa establecida en los estatutos.
Consecuencia de la constatación del cumplimiento de la causa de disolución comtemplada en los artículos números .... de los estatutos de la sociedad.Siendo este hecho motivo de disolución contemplado en el artículo 363 de la LSC, procede determinar la disolución de la empresa.
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Interesa dejar constancia, asimismo, que la disolución de la sociedad no supone su extinción. Así, su personalidad jurídica no se extingue hasta no haber liquidado completamente sus relaciones sociales.Por tanto, una vez declarada la disolución se interrumpirá la vida comercial de la sociedad, no pudiendo celebrar nuevos contratos y obligaciones.En cuanto al nombramiento de los liquidadores,
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Posibles redacciones:
Estipulado en estatutos.
habrá de observarse lo establecido en los Estatutos de la Sociedad, que en su artículo número............... estipula: ".........."; quedando así por tanto nombrado liquidador de la sociedad a D.................
No contemplado en estatutos.
al no contemplar los estatutos de la sociedad nada al respecto, con base en el artículo376 de la LSC, será el o los administradores actuales quienes serán nombrados liquidadores. Por tanto, queda nombrado liquidador D......, quien acepta el cargo.
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Interesa señalar que las funciones del liquidador vendrán dadas por:
Ostentar la representación de la Sociedad.
Concertar transacciones y compromisos cuando así convenga a los intereses sociales.
Realizar las operaciones comerciales pendientes.
Suscribir el inventario y balance de la sociedad al tiempo de comenzar sus funciones.
Pagar a los acreedores y a los socios, ateniéndose a las normas establecidas en la Ley de Sociedades Anónimas.
etc.
Deberán, igualmente, pasar informe mensual sobre el estado de la liquidación y al final de aquélla, deberán realizar otro balance en el que quede reflejado el remanente final.Por otra parte, quedan todos ellos advertidos que, como liquidadores de la sociedad, responderán ante mí (socio único) y ante los acreedores de cualquier perjuicio causado por fraude o negligencia en el desempeño de sus funciones.Queda facultado Don/Dª. ...................................., (Administrador de la sociedad) para comparecer ante el Ilustre Notario de la ciudad Don/Dª. ...................................., a fin de elevar a escritura pública el acuerdo de disolución, debiendo contener el nombramiento de los liquidadores y para su inscripción en el Registro Mercantil. Asimismo, deberán ordenar su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en el diario de mayor difusión de la provincia.El presente acuerdo ha sido adoptado por mí, Don/Dª. ............................ ..................., socio/a único/a de la mercantil "..........................., S.L. Unipersonal", de forma personal. Fdo.: ..................................El/La socio/a único/a.
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