Requisitos formales de la reclamación de deuda de Seguridad Social.

REQUISITOS FORMALES DE LA RECLAMACIÓN DE DEUDA


    Según el artículo 63 del RD 1415/2004, las reclamaciones de deuda deberán ser expedidas obligatoriamente por la TGSS. Además, deberán contener al menos:

  1. Los datos identificativos de los sujetos responsables del ingreso de la deuda.

  2. La naturaleza y el periodo al que corresponda la deuda.

  3. Datos referentes al cálculo de la deuda y sus recargos correspondientes.

  4. Datos referentes al número de trabajadores, así como las bases y tipos de cotización aplicados, en caso de que la reclamación sea por ésta causa.

  5. Formas y plazos de pago.

  6. Consecuencias punibles en caso de incumplimiento.
  7. Fecha de expedición.

  8. Recursos que proceden contra la reclamación, con indicación del órgano donde se han de presentar y los plazos a tal efecto.

Comentarios



Casos en que procede la reclamación
Plazo para realizar el ingreso de las reclamaciones de deuda

Legislación



Artículo 63 del RD 1415/2004 Reglamento recaudación cuotas a S.Social. Requisitos de la reclamación de deuda.

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