Reducción de jornada por "guarda legal".
Uno de los supuestos más habituales por los que la persona trabajadora puede solicitar a la empresa una reducción de su jornada ordinaria de trabajo es el previsto en el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores, y que se conoce como reducción por "guarda legal" o cuidado del menor; aunque este no es el único caso. Los supuestos más habituales son:- Tener al cuidado directo, por razones de guarda legal, algún menor de doce años o una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida.
- Tener que encargarse del cuidado directo del cónyuge o pareja de hecho, o un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad y afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.

Recuerde que:
El mero cumplimiento de los dieciocho años de edad por el hijo o el menor sujeto a acogimiento permanente o a guarda con fines de adopción no será causa de extinción de la reducción de la jornada, si se mantiene la necesidad de cuidado directo, continuo y permanente.
Por convenio colectivo, se podrán establecer las condiciones y supuestos en los que esta reducción de jornada se podrá acumular en jornadas completas.
- En los supuestos de nulidad, separación, divorcio, extinción de la pareja de hecho o cuando se acredite ser víctima de violencia de género, el derecho a la reducción de jornada se reconocerá a favor del progenitor, guardador o acogedor con quien conviva la persona enferma, siempre que cumpla el resto de los requisitos exigidos.
- Cuando la persona enferma contraiga matrimonio o constituya una pareja de hecho, tendrá derecho a la reducción de jornada quien sea su cónyuge o pareja de hecho, siempre que acredite las condiciones para acceder al derecho a la misma.
En nuestro apartado sobre cómo se debe concretar la jornada en los supuestos de reducción por "guarda legal" puede conocer qué ha establecido la jurisprudencia del Tribunal Supremo repecto a la aplicación práctica de este derecho de los trabajadores y cómo afecta a la empresa.
Comentarios
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