Pensión en favor de familiares: Solicitud y Documentación necesaria para acceso a la pensión

PENSIÓN EN FAVOR DE FAMILIARES:
SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA.


¿Cuándo se SOLICITA?

    En cualquier momento posterior al fallecimiento, no obstante, cuando la solicitud se presentara fuera de los tres meses siguientes al fallecimiento, la pensión se abonará con una retroactividad máxima de 3 meses a la fecha de solicitud.
    Cuando la solicitud se presente dentro de los 3 meses posteriores al fallecimiento, la pensión se abonará:

  1. Si el fallecido se encontraba en alta, situación asimilada al alta o no alta, desde el día siguiente a la fecha del hecho causante.
  2. Si el fallecido era pensionista, desde el día primero del mes siguiente a la fecha del hecho causante.


      Modelo: solicitud_viudedad_orfandad_familiar

¿Qué DOCUMENTACIÓN debe acompañar la solicitud?

  • Españoles: Documento Nacional de Identidad del solicitante (DNI).
  • Extranjeros residentes o no residentes en España: Pasaporte o, en su caso, documento de identidad vigente en su país y NIE (Número de Identificación de Extranjero) exigido por la AEAT a efectos de pago.
  • Caso de solicitante menor de edad, documentación acreditativa de la representación legal, o de la emancipación si es el caso.
  • Certificación del Acta de Defunción del causante fallecido.
  • Caso de que el fallecido no fuese pensionista, justificante de pago de cotizaciones de los tres últimos meses si era el obligado a ingresarlas y el fallecimiento se ha producido en ese mismo periodo.
  • Actas del Registro Civil (o documento extranjero equivalente) acreditativas del parentesco con el fallecido y del estado civil del solicitante.
  • Certificado de discapacidad y grado reconocido, expedido por el IMSERSO u organismo competente o auto judicial.
  • Certificado de defunción de los padres, si la prestación se pide para nietos/as o hermanos/as del fallecido.
  • Acreditación de ingresos del solicitante beneficiario mediante declaración del IRPF, nóminas salariales u otro medio adecuado.
  • Acreditación de ingresos de la persona con obligación de prestar alimentos, en su caso.
  • Acreditación de que no hay beneficiarios supervivientes de pensión de viudedad, ni huérfanos del causante con derecho a pensión de orfandad, cuando el funcionario lo considere necesario.
¿Dónde se TRAMITA?

La solicitud y documentación necesaria deberá presentarse en el INSS.

Formularios



Modelo de solicitud de Pensión de Orfandad - solicitud_viudedad_orfandad_familiar

Legislación



Art. 165 RDL 8/2015 TRLGSS. Condiciones del derecho a las prestaciones
Art. 226 RDL 8/2015 TRLGSS. Prestaciones en favor de familiares.

Jurisprudencia



Pensión en favor de familiares

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