Nacimiento del derecho al subsidio por desempleo

NACIMIENTO DEL DERECHO AL SUBSIDIO POR DESEMPLEO.


    El derecho al subsidio por desempleo nace a partir del día siguiente a aquel en que se cumpla el plazo de espera de un mes.

    Dicho plazo no deberá cumplirse en los siguientes supuestos:
  1. Parados de larga duración mayores de 45 años.

  2. Subsidio contributivo.
    La solicitud ha de presentarse dentro de los 15 días siguientes a la fecha del agotamiento de la prestación o de la inscripción como demandante de empleo. Si se hace con posterioridad, el derecho nacerá al día siguiente de la solicitud, reduciéndose su duración en tantos días como medien entre la fecha en que hubiera tenido lugar el nacimiento del derecho, de haberse solicitado en tiempo y forma, y aquella en que efectivamente se hubiera formulado la solicitud.

Legislación



Art. 276 RDL 8/2015 TRLGSS. nacimiento y prórroga del derecho al subsidio.

Jurisprudencia



Subsidio por desempleo


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