Jubilación anticipada por razón del grupo o actividad profesional.
Comentarios
Jubilación anticipada del trabajador por cuenta ajena.Siguiente: Jubilación antes de la edad ordinaria: profesionales taurinos
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.