Incapacidad Temporal (IT) en supuesto de huelga o cierre patronal

INCAPACIDAD TEMPORAL (I.T.) en situaciones Huelga o Cierre Patronal



    De acuerdo con el artículo 173.3 del TRLGSS, el trabajador que se encuentre en situación de huelga o en la situación de cierre patronal, no tiene derecho a la prestación por incapacidad temporal.

    Si el trabajador causó baja médica con anterioridad a la huelga legal, continuará percibiendo el subsidio de incapacidad temporal; esta misma situación también es válida en caso de cierre patronal.

    Una vez finalizada la huelga o el cierre patronal la percepción de la prestación se regula por las normas generales.

    En caso de huelga parcial, nos encontramos ante estas posibles situaciones:

  1. Si la situación de incapacidad temporal se produce estando el trabajador en huelga parcial, el importe del subsidio se reducirá en la misma proporción en que lo haya hecho la jornada ordinaria de trabajo.

  2. Si la situación de incapacidad temporal se inicia durante el mes siguiente a aquel en el que se produjo la huelga, para la determinación de las bases reguladoras de la prestación y de cotización, se tendrá en cuenta el promedio de cotización efectuado durante aquellos días en que no hubiese habido cotización parcial por esa causa. Caso de que esta situación abarcase todo el mes o meses completos, se tomará el último en el que hubiese existido la obligación de cotizar plenamente.


Legislación



Art. 173 RDL 8/2015 TRLGSS. Nacimiento y duración del derecho al subsidio.

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