INCAPACIDAD TEMPORAL (I.T.) con contrato formativo.
De acuerdo con el artículo 11 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), la situación de incapacidad temporal interrumpirá el cómputo de la duración del contrato.
Legislación
Art. 11 RDLeg. 2/2015 TRET. Contratos formativos
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