¿Puede el comprador elegir qué trabajadores quiere en la subrogación empresarial?
Cuando se produce una venta o sucesión de emresas que implca una existe una subrogación empresarial, el comprador no puede seleccionar libremente a los trabajadores que le interesan y excluir al resto por mera conveniencia. La obligación de asumir plantilla no depende de una decisión empresarial, sino de la vinculación real de cada trabajador con la empresa, centro de trabajo, unidad productiva o actividad transmitida. Esto no significa que el comprador tenga que asumir necesariamente a toda la plantilla de la empresa vendedora. Si la operación afecta únicamente a un centro de trabajo, una línea de negocio o una unidad productiva concreta, la subrogación quedará limitada, con carácter general, a los trabajadores adscritos a dicho ámbito. Por ello, no deberían resultar afectados trabajadores de otros centros, departamentos o actividades ajenas a la parte transmitida.Sepa que:
La identificación de los trabajadores incluidos en la operación puede resultar especialmente compleja cuando existen empleados que prestan servicios para varias áreas de la empresa, personal administrativo compartido, mandos intermedios con funciones transversales o trabajadores que, aun figurando formalmente adscritos a un determinado centro, desarrollan su actividad habitual en otro distinto.- La actividad, centro de trabajo o unidad productiva objeto de transmisión.
- La adscripción real y habitual de cada trabajador.
- Las funciones efectivamente desempeñadas.
- La existencia de obligaciones de subrogación previstas en convenio colectivo.
- Los pactos individuales o colectivos que puedan resultar relevantes.
- La documentación laboral aportada por la empresa transmitente.
En definitiva:
El comprador no puede elegir libremente qué trabajadores quiere incorporar. Debe asumir aquellos que, conforme a la ley, al convenio colectivo aplicable o a la configuración real de la actividad transmitida, formen parte de la operación empresarial.Comentarios
Guía sobre subrogación empresarial y transmisión de empresasManual sobre el despidoModificaciones susntanciales de las condiciones de trabajoLegislación
Art. 44 E.T. RD Legis 2/2015. La sucesión de empresa.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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