Finalización del expediente de Apremio

FINALIZACIÓN DEL EXPEDIENTE DE APREMIO



    El procedimiento de apremio finaliza cuando resultan solventadas las deudas perseguidas, incluidos recargo, intereses en su caso y costas.

    Si el importe de lo obtenido resultase insuficiente para cubrir la totalidad o parte de la deuda, la Unidad de Recaudación, lo aplicará en primer lugar a las costas y después al débito.

    Se debe entregar al deudor los justificantes de pago de las deudas solventadas, así como certificación de las que lo hayan sido sólo en parte.    



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