Disposición transitoria única Real Decreto 258/1999, condiciones mínimas protección salud y asistencia médica trabajadores del mar

Normativa
Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar.

Disposición transitoria única. Plazo de adaptación a la nueva normativa.



    Los empresarios adaptarán los botiquines de sus embarcaciones, botes salvavidas y balsas de salvamento a lo dispuesto en el presente Real Decreto en el plazo máximo de un año a partir de su entrada en vigor.


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