Disposición adicional undécima Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores.

Normativa
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores

Disposición adicional undécima. Acreditación de la capacidad representativa de las organizaciones sindicales.



    A los efectos de expedición de las certificaciones acreditativas de la capacidad representativa de las organizaciones sindicales en el ámbito estatal prevista en el artículo 75.7, las comunidades autónomas deberán remitir mensualmente copia de las actas electorales registradas a la oficina pública estatal.

Legislación



Estatuto Trabajadores Art.75 R.D.L. 2/2015 Votación para delegados y comités de empresa

Equivalencia Normativa



- Equivalencia Ley anterior Disposición adicional undécima R.D.L. 1/1995 Estatuto Trabajadores

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