Disposición Transitoria Segunda.Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo

Normativa
Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de empleo

Disposición transitoria segunda. Gestión de políticas activas por el Servicio Público de Empleo Estatal.



Redacción válida hasta 13.11.15, según Real Decreto Legislativo 3/2015.

    El Servicio Público de Empleo Estatal gestionará las políticas activas de empleo relativas a la intermediación y colocación en el mercado de trabajo, fomento de empleo en el ámbito estatal, formación profesional y continua, mientras la gestión de la misma no haya sido objeto de transferencia a las comunidades autónomas.

Equivalencia Normativa



D.T. 2ª R.D.L. 3/2015 Ley de Empleo.

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