Disposición Transitoria Tercera. Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo

Normativa
Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de empleo

Disposición transitoria tercera.



Redacción válida hasta 13.11.15, según Real Decreto Legislativo 3/2015.

    En tanto subsistan las actuales tasas de ocupación y de paro respecto de la población activa femenina, los poderes públicos deberán organizar la gestión de las políticas activas de tal forma que el colectivo femenino se beneficie de la aplicación de tales políticas en una proporción equivalente a su peso en el colectivo de los desempleados.

Equivalencia Normativa



D.T.3ª R.D.L. 3/2015 Ley de Empleo.

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