Cuadro Resumen: Tipos de cotización a la Seguridad social. Régimen General

TIPOS DE COTIZACIÓN.


    El tipo de cotización es el porcentaje que aplicado a la base de cotización, da como resultado la cuota o importe a ingresar en la Seguridad Social.

    Los tipos de cotización se fijan anualmente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado y en la Orden de Cotización de la Seguridad Social, por lo que es necesario revisar estos índices periódicamente y verificar que la Orden de Cotización que estamos utilizando es la del ejercicio en curso.
TIPOS DE COTIZACIÓN - RÉGIMEN GENERAL (%)
CONTINGENCIASEMPRESATRABAJADORTOTAL
Comunes23,604,7028,30
Horas Extraordinarias Fuerza Mayor12,002,0014,00
Resto Horas Extraordinarias23,604,7028,30
Tipo de contingencias comunes (IT): Trabajadores con 65 años y 0 a 6 meses de edad y 36 años y 6 meses o más de cotización ó 65 años y 6 meses ó más de edad y 36 años y 6 meses o más de cotización: 1,50 por 100 (1,25 por 100 -empresa- y 0,25 por 100 -trabajador-)
Conforme a la orden de cotización anual y desde 1 de enero de 2024, los contratos de duración determinada inferior a treinta días tendrán una cotización adicional de 31,22 euros a cargo del empresario a la finalización del mismo que no se aplicará a estos contratos de corta duración celebrados con trabajadores del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, del Sistema Especial para Empleados de Hogar o en el Régimen Especial para la Minería del Carbón, en la relación laboral especial de las personas artistas y técnicos o auxiliares. Tampoco a los contratos por sustitución, a los contratos para la formación y el aprendizaje ni a los contratos de formación en alternancia.
DESEMPLEOEMPRESATRABAJADORTOTAL
Tipo General5,501,557,05
Contrato duración determinada Tiempo Completo6,701,608,30
Contrato duración determinada Tiempo Parcial6,701,608,30
FOGASA0,20 0,20
FORMACIÓN PROFESIONAL0,600,100,70
CONTINGENCIAS PROFESIONALES (AT y EP) TARIFA_ACCIDENTES
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)0.580.120.70

TIPOS DE COTIZACIÓN - EMPLEADOS DE HOGAR (%)
CONTINGENCIASEMPRESATRABAJADORTOTAL
Comunes23,604,7028,30
Contingencias profesionales (AT y EP), tarifa de primas disposición adicional cuarta Ley 42/2006, de 28 de diciembre, en redacción dada por la disposición final quinta del Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre (clave epígrafe 97) siendo la cuota resultante a cargo exclusivo del empleador.

  1. IT: 0,80%.
  2. IMS: 0,70%
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)0.580.120.70
DESEMPLEOEMPRESATRABAJADORTOTAL
Contratación de duración indefinida5,501,557,05
Contratación de duración determinada6,701,608,30
FOGASA0,20---0,20

TIPOS DE COTIZACIÓN - TRABAJADORES POR CUENTA AJENA AGRARIOS (%)
(Períodos de Actividad)
CONTINGENCIAS COMUNESEMPRESATRABAJADORTOTAL
Grupo 123,604,7028,30
Grupo 2 a 1120,724,7025,42
CONTINGENCIAS PROFESIONALES (AT y EP)EMPRESATRABAJADORTOTAL
CONTINGENCIAS PROFESIONALES (AT y EP) TARIFA_ACCIDENTES
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)0.580.120.70
REDUCCIÓN APORTACIÓN EMPRESARIAL CONTINGENCIAS COMUNES
GRUPOPUNTOS PORCENTUALESTIPO EFECTIVO (%)
18,1015,50
(1)(2)
2 a 11Conforme reglas del artículo 5.5.b) del RDL 28/2018 de 28 de diciembre
Grupo 1.- La cuota empresarial resultante no podrá ser superior a 279,00 euros al mes o 12,68 euros por jornada real trabajada.
Grupo 2 a 11.- La cuota empresarial resultante no podrá ser inferior a 117,07 euros al mes ó 5,32 euros por jornada real trabajada.
DESEMPLEOEMPRESATRABAJADORTOTAL
Trabajadores por cuenta ajena fijos5,501,557,05
Trabajadores por cuenta ajena de carácter eventual6,701,608,30
Trabajadores con contratos de duración determinada o celebrados con discapacitados con un grado no inferior al 33 por ciento5,501,557,05
Desde el 1 de enero de 2024 se aplicará a los trabajadores que se encuentren en situación de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural así como maternidad y paternidad causadas durante la situación de actividad, cualquiera que sea el grupo en el que queden encuadrados, una reducción en la cuota a la cotización por desempleo de 2,75 puntos porcentuales de la base de cotización.
FOGASAEMPRESATRABAJADORTOTAL
Trabajadores por cuenta ajena fijos0,10---0,10
FORMACIÓN PROFESIONALEMPRESATRABAJADORTOTAL
Trabajadores por cuenta ajena fijos0,150,030,18
INCAPACIDAD TEMPORAL, RIESGO DURANTE EL EMBARAZO Y RIESGO DURANTE LA LACTANCIA NATURAL, PATERNIDAD Y MATERNIDAD DURANTE LA SITUACIÓN DE ACTIVIDAD, COTIZACIÓN SEGÚN MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
CONTRATO TEMPORAL Y FIJOS DISCONTINUOSCONTRATO INDEFINIDO Normas Régimen General
GRUPOTIPO %
Se aplicarán las normas del Régimen General en relación a los días contratados en los que no hayan podido prestar sus servicios.115,50
En los días en que no esté prevista la prestación de servicios, los trabajadores están obigados a ingresar la cotización correspondiente a los períodos de inactividad, salvo que estén percibiendo los subsidios por maternidad y paternidad.2 a 112,75
Para todos los trabajadores, cualquiera que sea su grupo de cotización, en la cotización por desempleo se aplicará una reducción en la cuota equivalente a 2,75 puntos porcentuales de la base de cotización.
TIPOS DE COTIZACIÓN - TRABAJADORES POR CUENTA AJENA AGRARIOS
(Períodos de Inactividad)
La base mensual aplicable a los trabajadores por cuenta ajena incluidos en este Sistema Especial, durante dichos períodos es 1.323,00 euros/mensuales.


El tipo de cotización es el 11,50%
siendo la cuota resultante a cargo exclusivo del trabajador.

Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)EMPRESATRABAJADORTOTAL
Cotización adicional del MEI---0.70.7
TIPOS DE COTIZACIÓN - TRABAJADORES POR CUENTA AJENA AGRARIOS
(Desempleo)
Durante la percepción de la prestación por desempleo de nivel contributivo, si corresponde cotizar en este sistema especial, la base de cotización será la base reguladora de la prestación por desempleo, determinada según lo establecido en el artículo 270.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con respeto, en todo caso, del importe de la base mínima por contingencias comunes prevista para cada categoría profesional, teniendo dicha base la consideración de base de contingencias comunes a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social.

El tipo de cotización será el 11 por ciento.
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)EMPRESATRABAJADORTOTAL
Cotización adicional del MEI0,580.120.70
    Características especiales tienen los contratos en formación cuya cotización no responde a la aplicación de un porcentaje/tipo determinado sino a una cuantía fija.

    El porcentaje del Mecanismo de Equidad Intergeneracional -MEI- se irá incrementando gradualmente hasta alcanzar en 2030 los 1,2 puntos porcentuales y permanecerá (al menos conforme a la actual regulación) fijo hasta 2050. En el siguiente enlace podrá conocer cómo se distribuirá durante todo el periodo transitorio entre empresa y trabajadores.

Comentarios



Cobertura de las Contingencias por las que hay que cotizar a la Seguridad Social.
Tipos de cotización en contratos en formación.
Bases de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social.
Mecanismo de Equidad Intergeneracional: Aumenta la cotización que empresas y autónomos deberán aportar a la Seguridad Social.

Legislación



Art. 145 RDL. 8/2015 TRLGSS. Tipos de cotización
Art. 146 RDL. 8/2015 TRLGSS. Cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Art. 10 RD 2064/1995 RGCL. Tipos únicos para contingencias comunes y conceptos de recaudación conjunta
Art. 11 RD 2064/1995 RGCL. Tipos de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
Normas anuales de cotización a la Seguridad Social

Jurisprudencia



Cotización

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