Contrato de trabajador autónomo económicamente dependiente

Formularios

MODELO DE CONTRATO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO ECONÓMICAMENTE DEPENDIENTE



El presente modelo es el oficial publicado por el Real Decreto 197/2009, de 23 de Febrero, por el que se desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo en materia de contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente y su registro y se crea el Registro Estatal de asociaciones profesionales de trabajadores autónomos.

                                   

    En ______________, a ____ de _______________ de ________

                                            REUNIDOS

    De una parte, el CLIENTE, empresa _________________________________, domiciliada en _______________________, calle ______________________________, número _______, y con NIF _______________, en cuyo nombre y representación actúa don _______________________________, mayor de edad, vecino de ________________, con domicilio en la calle _____________________________________, número _______, y con DNI/NIE ____________________,

    De otra, el TRABAJADOR AUTÓNOMO, don _______________________________, mayor de edad, vecino de __________, con domicilio en la calle _____________________, número ________, y con DNI/NIE ____________________

    Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para contratar y a tal efecto

                                            EXPONEN

    1. Que el trabajador autónomo, hace constar expresamente la condición de trabajador autónomo económicamente dependiente respecto del cliente.

    2. Que el trabajador autónomo declara que su actividad como trabajador autónomo económicamente dependiente no se ejecuta de manera indiferenciada con los trabajadores que presten servicio bajo cualquier modalidad de contratación laboral por cuenta del cliente y que desarrolla la actividad con criterios organizativos propios sin perjuicio de las indicaciones técnicas que pudiera percibir de su cliente, asumiendo el riesgo y ventura de la misma.

    3. Que el trabajador autónomo percibe del cliente rendimientos de la actividad económica o profesional por un importe de, al menos, el 75 por ciento de los ingresos totales que aquel percibe por rendimientos de trabajo y de actividades económicas o profesionales, que no tiene a su cargo trabajadores por cuenta ajena ni va a subcontratar parte o toda la actividad contratada con el cliente ni las actividades que pudiera contratar con otros clientes, que dispone de infraestructura productiva y material propios, necesarios para el ejercicio de la actividad e independientes de los de su cliente, cuando en la actividad a realizar sean relevantes económicamente, que comunicará por escrito a su cliente las variaciones en la condición de dependiente económicamente que se produzcan durante la vigencia del contrato, que no es titular de establecimientos o locales comerciales e industriales y de oficinas y despachos abiertos al público y que no ejerce profesión conjuntamente con otros profesionales en régimen societario o bajo cualquier otra fórmula jurídica admitida en derecho.

    4. Que ambas partes acuerdan formalizar el presente contrato de conformidad con las siguientes

                                           CLÁUSULAS

    Primera.- El trabajador autónomo económicamente dependiente prestará sus servicios profesionales de ________________ o realizará el encargo u obra de ____________ para el cliente, del que percibirá una contraprestación económica por la ejecución de su actividad profesional o económica o del encargo u obra por un importe de ________________euros, cuyo abono se producirá en el tiempo y forma convenidos. El pago se efectuará en el plazo de _____ días desde la recepción de la factura correspondiente. En defecto de pacto, el plazo de pago será de 30 días.

    Segunda.- La duración del presente contrato será de __________días/meses/años, o por la realización de la obra o el servicio de _________________a contar desde el ____/____hasta el ____/_____ o por la finalización de la obra o servicio.

    Tercera.- La jornada de la actividad profesional o económica del trabajador autónomo económicamente dependiente podrá tener una duración máxima de _____________horas diarias/semanales/mensuales con la siguiente distribución: ________________________________________________________ El régimen de descanso semanal y el correspondiente de los festivos aplicable será __________________________________

    El trabajador autónomo económicamente dependiente tendrá derecho a una interrupción anual de la actividad de ________días.

    En los supuestos de violencia de género, para adaptar el horario de la trabajadora autónoma económicamente dependiente y su distribución a fin de hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, se modificará esta cláusula para adecuarla a la nueva situación.

    Cuarta.- En caso de extinción contractual por desistimiento del trabajador autónomo económicamente dependiente, éste deberá preavisar al cliente en el plazo de _________ días. En caso de extinción contractual por voluntad del cliente por causa justificada, el cliente deberá preavisar a aquél en el plazo de ___________ días.

    Quinta.- Serán causas de extinción o de interrupción justificada del contrato, además de las establecidas en los artículos 15.1 b) y 16.2 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, las siguientes:

    _______________________________________________________________________

    _______________________________________________________________________

    ___________________________________________________________
    
    Sexta.- La cuantía de la indemnización para el trabajador autónomo económicamente dependiente o para el cliente en virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, será de __________________________

    Séptima.- Acuerdo de interés profesional aplicable (en el caso de existir y con la conformidad del trabajador autónomo económicamente dependiente):
    ___________________________________________________________________________

    Octava.- El trabajador autónomo económicamente dependiente y el cliente se comprometen a mejorar la efectividad del derecho a la integridad física, la protección adecuada de su seguridad y salud en el trabajo, así como formación preventiva del trabajador autónomo económicamente dependiente y para ello, acuerdan las siguientes acciones:

    _______________________________________________________________________

    _______________________________________________________________________

    Novena.- Condiciones contractuales aplicables en caso de que el trabajador autónomo económicamente dependiente dejase de cumplir con el requisito de dependencia económica:

    ____________________________________________________________________________

    Décima.- El presente contrato será registrado en el Servicio Público de Empleo Estatal o en el órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma a la que se haya encomendado la gestión, por el trabajador autónomo económicamente dependiente en el plazo de 10 días hábiles desde su perfección. El trabajador autónomo económicamente dependiente comunicará al cliente que el contrato ha sido registrado en el plazo de 5 días hábiles siguientes al registro. Transcurrido el plazo de 15 días hábiles desde la celebración del contrato, sin que se haya producido la comunicación de registro por el trabajador autónomo económicamente, el cliente deberá registrarlo en el Servicio Público de Empleo Estatal en el plazo de 10 días hábiles siguientes. Las modificaciones del contrato y su terminación serán objeto de comunicación en los mismos plazos señalados.

                                      CLÁUSULAS ADICIONALES

    _______________________________________________________________________

    _______________________________________________________________________

    ___________________________________________________________

    Y para que conste, se extiende este contrato por triplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, firmando las partes interesadas,


                 Trabajador autónomo                                Cliente



Siguiente: Disposición adicional cuadragésima tercera. RD-Legis. 1/1994, General de la Seguridad Social. Del régimen del personal licenciado sanitario emérito

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